¿SE VULNERA EL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, GENERANDO INDEFENSIÓN, EN LOS SUPUESTOS EN LOS QUE NO SE HA GRABADO PARTE DEL JUICIO, NI EXISTE ACTA EXTENDIDA POR EL LAJ, no pudiendo por tanto la defensa acceder a dicha parte para interponer el correspondiente recurso?
Se pronuncia sobre esta cuestión la STS 823/2021, de 28 de octubre (ponente Carmen Lamela)👇
En este caso el letrado de uno de los condenados interpone recurso de casación alegando entre otros motivos, la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE)…
…debido a que no ha podido tener acceso a la grabación integra de su informe en el acto de la vista, q sólo resultó parcialmente grabado, ni al informe del letrado de otro de los condenados, al no haber sido posible recuperar la grabación.
Tampoco existe acta extendida por el Letrado de la Administración de Justicia. Entiende el letrado recurrente que ello le ha provocado indefensión al formular el presente recurso e impide también la labor que la ley atribuye al Tribunal.
Comienza el TS recordando q el art. 743 LECrim determina como regla general que LA GRABACIÓN DEL JUICIO ORAL CONSTITUYE A TODOS LOS EFECTOS EL ACTA DEL MISMO, sin necesidad de que el Letrado de la Administración de Justicia esté presente durante su celebración.
Sin embargo, CUANDO NO SEA POSIBLE EL USO DE LOS MEDIOS TÉCNICOS DE GRABACIÓN la ley exige que el LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EXTIENDA ACTA recogiendo con el detalle suficiente todo lo actuado.
En la STS 529/2017 se recuerda la doctrina del TC sobre la RELEVANCIA DE LA DOCUMENTACIÓN DE LA VISTA EN ORDEN A LA VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE PRUEBA DE CARGO, en relación con el derecho a la presunción de inocencia ( art. 24.2 CE )
En consecuencia, no cabe afirmar que se haya practicado un determinado medio de prueba por el hecho de que se haya pedido y admitido, si la actuación no queda reflejada en el único instrumento previsto xa su constancia externa y fehaciente (grabación audiovisual o acta escrita)
No obstante también afirmó el TS q la documentación de las actuaciones no constituye un requisito de validez de los actos procesales, sino la prueba auténtica q permite constatar la realidad material d lo actuado, xo ello podría afectar el ejercicio d algunos dchos fundamentales.
Si bien no toda infracción de la normas procesales provoca indefensión material con relevancia constitucional. De este modo, el TS en supuestos en que por fallos en el sistema no ha sido posible contar con una reproducción completa y audible del desenlace del juicio,…
…ha descartado tal tipo de indefensión cuando las partes tuvieron a su disposición un acta levantada por el LAJ.
Por otra parte, la STS 464/2015, que resolvió en un supuesto en el que no existía acta del LAJ respecto a la parte del juicio que no había sido grabada …
…(la declaración del acusado y las de dos policías), rechazó la transcendencia constitucional de tal defecto en cuanto que la condena se había basado en otras pruebas.
Y en un caso similar, la STS 100/2016, descartó una indefensión sustantiva…
…porque ni el recurrente expresó que el contenido concreto de las prueba hubiera sido tergiversado en la valoración motivacional que hizo de ellas el Tribunal, ni sostuvo que las declaraciones abarcaran extremos esenciales no contemplados por el Tribunal.
En nuestro caso, es evidente que un fallo técnico ha impedido a la recurrente y a las demás partes el acceso a la grabación de parte de los informes realizados por las defensas en el acto del Juicio Oral. Sin embargo, HAN TENIDO ACCESO AL CONTENIDO ESENCIAL DEL JUICIO.
Concretamente a la grabación del inicio del juicio, a las cuestiones previas debatidas, a la totalidad de las pruebas practicadas, a las conclusiones definitivas deducidas por acusaciones y defensas, y a los informes finales de todas las acusaciones y parte de las defensas.
LA FALTA D PARTE DEL INFORME DEL LETRADO RECURRENTE Y DEL INFORME EMITIDO POR EL LETRADO DE OTRA D LAS DEFENSAS NO LE OCASIONA INDEFENSIÓN. No le impide ni condiciona su dcho a formular recurso en el q poder rebatir el razonamiento y la lógica probatoria del tribunal d instancia.
Por ello, EL TS CONCLUYE QUE NO HA EXISTIDO LESIÓN REAL Y EFECTIVA EN EL DERECHO DE DEFENSA, desestimando el recurso interpuesto.
¿COMETE UN DELITO REVELACIÓN DE SECRETOS DEL ARTÍCULO 417 CP EL INSPECTOR JEFE DE POLICÍA QUE ACCEDE A LAS BASES DE DATOS DE LA DGP PARA OBTENER INFORMACIÓN RELEVANTE DE INTERÉS JUDICIAL Y POLICIAL DE TERCEROS QUE POSTERIORMENTE TRANSMITE A LOS MISMOS?👇
Se pronuncia sobre esta cuestión la STS 810/2021, de 22 de octubre (ponente Manuel Marchena)👇
En este caso en 2013 y 2014, el acusado, Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía venía dedicándose a facilitar a ciudadanos extranjeros diversos trámites…
…relacionados con la obtención de la documentación necesaria para permanecer o residir en España, necesitando muchas veces conocer los antecedentes de los mismos, tarea para la cual contaban con la colaboración de los otros dos acusados: funcionario e Inspector Jefe del CNP,…
¿ES VÁLIDA Y SE PUEDE VALORAR PARA FUNDAMENTAR UNA SENTENCIA CONDENATORIA LA IDENTIFICACIÓN POR UN TESTIGO DEL ACUSADO REALIZADA EN EL ACTO DEL JUICIO ORAL?
Se pronuncia sobre esta cuestión, entre otras, la STS 779/2021, de 14 de octubre (ponente Pablo Llarena)👇
En este caso la AP condenó a varios acusados por un delito de estafa agravada de los artículos 248, 249 y 250.1.5, utilizando respecto de uno de ellos para fundamentar la sentencia condenatoria la identificación que en el acto del plenario un testigo había realizado del mismo,…
…SIN QUE PREVIAMENTE SE HUBIERA REALIZADO DURANTE LA INSTRUCCIÓN UN RECONOCIMIENTO EN RUEDA.
Contra dicha sentencia se interpuso por el letrado de uno de los condenados recurso de casación ante el TS (hechos anteriores a 2015)…
¿DEBE ACREDITARSE LA GRAVEDAD DEL ACOSO EN EL DELITO DE ACOSO LABORAL DEL ARTÍCULO 173.1 CP?
Se pronuncia sobre esta cuestión, entre otras, la STS 45/2021, de 21 de enero (ponente Antonio del Moral)👇
En este caso en los hechos probados se recogen una serie de conductas del acusado, Sargento d Policia Local frente a la denunciante, Agente d Policía Local en la misma Comisaría, tales como: 1)manifestar a un compañero q su propósito era q la misma dejase su puesto de trabajo,…
… 2) manifestar al Cuerpo Nacional de Policía y en unas Diligencias Previas unas expresiones dirigidas a desacreditar a la misma y 3) promover la apertura de hasta diez expedientes disciplinarios contra la misma careciendo de base suficiente para ello.
¿CUÁL ES LA FRONTERA ENTRE EL
INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL (ILÍCITO CIVIL) Y EL DELITO DE ESTAFA (ILÍCITO PENAL)?
Se pronuncia sobre esta cuestión la STS 758/2021, de 7 de octubre (ponente Javier Hernández)👇
En este caso se recoge en los hechos probados, entre otras conductas, que, el acusado sin el consentimiento de los vendedores, pero en su nombre y representación, en uso del poder notarial que éstos le habían previamente otorgado,…
…vendió un inmueble a un tercero x un precio muy inferior (120.000 euros) al q los vendedores querían obtener (270.000),causando,en esa medida un perjuicio patrimonial.
La AP condenó al acusado x un delito de estafa agravada (art. 250.1.6 CP) a la pena d 2 años d prisión y multa
¿QUÉ DIFERENCIAS EXISTEN ENTRE EL DELITO DE EXTORSIÓN (art. 243 CP) Y EL DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN (art. 242 CP) ?
Hace referencia a esta cuestión, entre otras, la STS 711/2021, de 21 de septiembre (ponente Pablo Llarena) 👇
En este caso los 3 acusados entraron en la casa del denunciante de madrugada, e intimidándole con cuchillos y con diversos golpes, le exigieron la entrega de varios efectos de valor. 2 de los asaltantes se fueron a la hora y media, quedando otro de ellos vigilando a la víctima.
Volvieron los asaltantes ausentes sobre las 6.00 de la madrugada y persistieron en las amenazas armadas para la obtención de 4.000 euros y droga, lo que no consiguieron, por lo que abandonaron la casa sobre las 7.30 horas.
¿SON NULAS LAS INTERVENCIONES TELEFÓNICAS AUTORIZADAS JUDICIALMENTE EN CASOS DE INVESTIGACIÓN PROSPECTIVA, CUANDO NO VAN PRECEDIDAS DE UNA PREVIA INVESTIGACIÓN POLICIAL?
Se pronuncia sobre esta cuestión la STS 699/2021, de 16 de septiembre (ponente Carmen Lamela)👇
En este caso los acusados organizaron entre 2004 y 2007 un entramado de sociedades con la finalidad de operar en la compraventa y exportación de teléfonos móviles, obteniendo importantes beneficios, algunos de ellos no declarados a Hacienda, y devoluciones indebidas del IVA.
Por tales hechos fueron acusados por el MF y el Abogado del Estado por un delito contra la hacienda pública, si bien la AP declaró nulidad de todas las resoluciones en las que se acordaron intervenciones telefónicas y…