¿QUÉ DIFERENCIAS EXISTEN ENTRE EL DELITO DE EXTORSIÓN (art. 243 CP) Y EL DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN (art. 242 CP) ?

Hace referencia a esta cuestión, entre otras, la STS 711/2021, de 21 de septiembre (ponente Pablo Llarena) 👇
En este caso los 3 acusados entraron en la casa del denunciante de madrugada, e intimidándole con cuchillos y con diversos golpes, le exigieron la entrega de varios efectos de valor. 2 de los asaltantes se fueron a la hora y media, quedando otro de ellos vigilando a la víctima.
Volvieron los asaltantes ausentes sobre las 6.00 de la madrugada y persistieron en las amenazas armadas para la obtención de 4.000 euros y droga, lo que no consiguieron, por lo que abandonaron la casa sobre las 7.30 horas.
Los acusados volvieron a encontrarse con el denunciante a mediodía y que, tras conducirle de nuevo a su casa sobre las 15.30 horas, prosiguieron con amenazas semejantes para que les entregara los 4.000 euros y la droga, terminando por abandonar el lugar sobre las 17.00 horas,…
…tras apropiarse (esta vez sí) de varias plantas de marihuana, dos teléfonos móviles y una Tablet, pero sin que la víctima les llegase a entregar los 4.000 euros solicitados.
La AP les condenó x un delito de robo con violencia en casa habitada con instrumento peligroso (art. 242.1.2 y 3 CP) concurriendo la agravante de abuso d superioridad (art. 22.2 CP), x un delito d detención ilegal del art.163.2 CP y x una tentativa d extorsión del artículo 243 CP
Esta st fue confirmada en apelación por el TSJ. Frente a la st del TSJ se interpuso por los letrados d los condenados recurso de casación ante el TS alegando, entre otros motivos, indebida aplicación del artículo 243 CP entendiendo q no procede la condena x el delito d extorsión.
Recuerda el TS q el artículo 243 del Código Penal sanciona como autor de un delito de extorsión al que "con ánimo de lucro, obligare a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero".
La jurisprudencia del TS ha expresado que en esta figura delictiva la ACCIÓN TÍPICA consiste en BUSCAR LA COLABORACIÓN DEL SUJETO PASIVO PARA QUE FACILITE EL INCONSENTIDO TRASVASE PATRIMONIAL pretendido por el autor, lo que debe de hacerse no sólo con un ánimo lucrativo,…
…sino EMPLEANDO DIRECTAMENTE VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN SOBRE EL SUJETO PASIVO XA MOVER SU VOLUNTAD.

El delito d extorsión y el delito de robo con violencia TIENEN EN COMÚN EL EMPLEO D LA VIOLENCIA O LA INTIMIDACIÓN xa la obtención de un lucro patrimonial, xo SE DIFERENCIAN en q:
1) LA EXTORSIÓN NO TIENE POR QUÉ RECAER SOBRE EL CONTENIDO MOBILIARIO DEL PATRIMONIO.

2) EN LA EXTORSIÓN LA ACCIÓN NO CONSISTE EN EL APODERAMIENTO DIRECTO DEL OBJETO DEL DELITO,sino q busca q el sujeto pasivo ejecute un acto d disposición o un negocio jco d cierta complejidad,…
…de modo que cuando el acto pretendido con la violencia o la intimidación sea la simple entrega de la cosa interesada por el autor del delito, nos encontraríamos realmente ante un robo ( STS 1022/2009, de 22 de octubre)
Lo expuesto comporta que LA CONMINACIÓN AL DENUNCIANTE XA Q ENTREGARA 4.000 EUROS A LOS ACUSADOS, ES SUBSUMIBLE EN EL TIPO PENAL DE ROBO CON VIOLENCIA y, con ello, que formó parte y se integró en la dinámica comisiva del robo perpetrado el día 21 x el q han sido condenados.
La sentencia aprecia la existencia de un único delito de robo con violencia e intimidación a partir de una serie de actuaciones depredatorias que se extienden en el tiempo.
Proclama así que el delito de robo con violencia e intimidación se inició en la madrugada del día 21…
…y se consumó en la tarde de la misma fecha, existiendo una continuidad en las acciones delictivas ejecutadas por los acusados para la consecución del mismo fin.

Y es en esa misma dinámica comisiva en la q se inserta la fallida exigencia al dte de q obtuviera 4.000 euros…
…y se los entregara a los acusados. La exigencia se materializó cuando los acusados abandonaron la casa de la víctima a las 7.30h y fue a mediodía cuando, al no entregar el dinero, los acusados decidieron volver a privar de lib a su víctima y le condujeron hasta el domicilio,…
…donde terminaron por apoderarse de los efectos que se han descrito y dieron término al robo con intimidación por el que se les condena.
Por todo lo expuesto, EL TS ESTIMA EL MOTIVO, anulando parcialmente la sentencia y dictando otra en su lugar en la que se ABSUELVE A LOS ACUSADOS DEL DELITO DE EXTORSIÓN EN GRADO DE TENTATIVA por el que habían sido condenados.
En esta sentencia también se trata la cuestión de la aplicación de la agravante de abuso de superioridad del artículo 22.2 CP en el delito de robo con violencia utilizando armas, pero eso lo dejamos para otro 🧶 😉

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