Con todo eso del consentimiento y los delitos sexuales, han rescatado por aquí una sentencia de marzo de 2017 que condenó a un tipo por acosar sexualmente de una niña de 5 años, diciendo que si la niña no se resistió y que eso atenuó la pena y tal. A ver si sé explicarlo. Hilo.
1) Los delitos sexuales se castigan porque son actos sexuales SIN CONSENTIMIENTO. Si lo hubiese no sería delito. Y el CP entiende q un menor de 16 años nunca puede consentir válidamente. Por eso, salvo un supuesto muy excepcional, siempre es delito tener sexo con un menor de 16.
2) Como mínimo estaremos ante un delito de abuso sexual. Ahora bien, si para acceder sexualmente al menor se utiliza violencia o intimidación, lo que hay es una agresión sexual, castigada con más pena con base en que el medio utilizado es más dañino. Aquí el precepto legal.
3) En el caso de marras, se consideró probado que la menor, desde los 5 a los 10 años, fue objeto de tocamientos lascivos por su vecino adulto (caricias, besos, masturbación sobre ella). Para llegar a dicha convicción el tribunal tuvo en cuenta la declaración de ella, sobre todo.
4) Sabed q ella no denunció hasta q cumplió 11 años, cuando, tras charlas en el cole y hablar con amigos, se dio cuenta q lo q le hacía su vecino no estaba bien. Los hechos habían empezado en 2005 y cdo denunció no había evidencias físicas d lo ocurrido, ni d otro tipo.
5) Así q la única prueba era, básicamente, el testimonio de la menor. Y el tribunal le creyó. No por un acto de fe, sino porque su declaración fue “firme y coherente” con lo q relató a otras personas, “sin contradicciones, fisuras lógicas ni exageraciones”, y corroborada por...
6) ...otros elementos externos: regalos caros q el vecino le hizo (consolas, móviles), los largos periodos q la niña pasó en su casa a pesar d la alta edad de él, las contradicciones d él y su fijación por la cría. Y hubo informe psicológico favorable de la credibilidad de ella.
7) Vamos, q los jueces no lo tuvieron fácil, pero tras examinar la declaración de ella con todos esos elementos, acordaron tener x probado el delito de abuso sexual. No es una “atenuación”, es el delito básico. Lo q no pudo es condenarle x un delito más grave, agresión sexual.
8) El tribunal, con ese material, no consideró probado más allá de toda duda razonable q el tipo había utilizado violencia o intimidación. Es verdad q ella declaró q en alguna ocasión quiso zafarse de él, pero esta parte de su declaración el tribunal no la ve corroborada...
9) ... por otros elementos externos. Más bien al contrario, pues durante cinco años la niña no se quejó a nadie de q él le tratase mal, y siempre iba voluntariamente a casa del vecino porque éste le daba regalos. La niña declaró q siempre creyó q lo q él le hacía era un juego.
10) El tribunal, añadió, no entendió probado q la menor “opusiera resistencia física, protestara, llorara o gritara”, elementos que le habrían puesto en camino de entender q la niña fue objeto de violencia o intimidación. Y esta frase entrecomillada ha sido sacada de contexto.
11) Incluso gente q presuntamente sabe derecho ha hecho demagogia con ella, vendiendo q la justicia patriarcal exige a una niña de 5 años q patalee para q se entienda q no consiente. Y no. Más allá de la fortuna de esa frase, el tribunal entendió q hubo sexo sin consentimiento.
12) Es decir, q la niña sufrió actos sexuales q, al ser menor, no fueron consentidos. Pero entendió q no había prueba de más, y enumera signos externos (quejas, resistencia a ver al tipo, gritos) q, de darse, podrían apuntar a q, además, se había utilizado violencia/intimidación.
13) No digo que el tribunal haya estado acertado. De hecho, el fiscal entendió que sí había pruebas de una agresión sexual. Lo q digo es que el tribunal no dijo lo que muchos maliciosamente dicen q dijo. Las sentencias hay q leerlas enteras, y no opinar de ellas por una frase.
14) En el fondo se trata de la distinción entre abuso y agresión sexual, q está en el CP, y de la presunción de inocencia, q es un derecho fundamental q obliga a probar contundentemente para condenar. Arrojar dudas sobre ambas realidades es contraproducente, en mi opinión. FIN.
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