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El Gobierno prohíbe por ley los despidos por fuerza mayor y por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Breve hilo atlantico.net/articulo/econo…
El Gobierno, como se desprende de la noticia, sólo prohibirá los despidos cuando se aleguen las causas de fuerza mayor o del art. 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, pero no en el resto de supuestos.
Es decir, que se podrá seguir despidiendo por ineptitud sobrevenida (52.a), por falta de adaptación a innovaciones técnicas (52.b) y pérdida de subvenciones finalistas (art. 52.e)
Se podrán seguir haciendo ceses por fin de obra, de la interinidad o del contrato eventual, y por supuesto podrán seguir haciéndose despidos discuplinarios. En definitiva, será un colador, pero aún así es una medida que entiendo errónea.
No se puede forzar a una empresa a acogerse a un ERTE si esa medida no es la que mejor garantiza su viabilidad furura. No todas están en la misma situación. Hay que entender que hay empresas que no tienen otra salida que hacer despidos si quieren sobrevivir.
Y con esta prohibición lo único que se conseguirá es que donde había un despido objetivo y el trabajador cobraba 20 días año habrá un despido disciplinario donde cobrará 0.
Ya se que me diréis que ese despido disciplinario es improcedente, y así es, pero los SMAC están cerrados, los juzgados están cerrados, la justicia ha parado, así que en el mejor de los casos el trabajador tendrá dentro de 1 año (o 2 o 3) una sentencia (sigo)
Y vete tú a saber si de aquella la empresa existe, con lo cual acabará cobrando del FOGASA menos de lo que habrían cobrado por despido objetivo este mes.
En definitiva, un brindis al sol que no impedirá los despidos, que dejará a muchos trabajadores sin el colchón inmediato de los 20 días y que colapsará los juzgados durante años.
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