1. La AN electa el 6 de Diciembre carece de legitimidad y quedó bajo el control absoluto de una fuerza política. Una salida a la crisis institucional de nuestro país estaría en su disolución y llamado a nuevas elecciones parlamentarias en base al artículo 240 de la Constitución.
2. El articulo 240 faculta al Presidente para disolver la AN después de tres votos de censura al Vicepresidente. Por tanto, su aplicación requiere un acuerdo político con Maduro. La comunidad internacional y la oposición deben concentrarse en presionar para lograr ese acuerdo.
3. El llamado a unas nuevas elecciones parlamentarias con base en el artículo 240 permitiría disponer del tiempo necesario para acordar una observación internacional de la Unión Europea y la ONU, así como la negociación de condiciones electorales para una elección libre.
4. La propuesta de unas nuevas elecciones parlamentarias no solo ofrece un mecanismo para resolver la crisis de legitimidad, sino también una oportunidad para reunificar las fuerzas políticas opositoras divididas por diferencias en torno a la participación en el 6D.
5. El objetivo de nuevas elecciones parlamentarias es alcanzable y puede contar con amplio apoyo en la comunidad internacional y entre todos los venezolanos. Ofrece un camino realista para comenzar a resolver nuestras diferencias de forma pacífica y democrática.
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1. Los partidos opositores que forman parte de la Mesa de Diálogo Nacional y quienes apoyamos su llamado a participar en las elecciones del #6D debemos atender el llamado a reflexión que hacen los resultados de ayer y la clara señal que envió el electorado venezolano.
2. Corresponde a los candidatos perdedores y a quienes los apoyamos asumir la responsabilidad de la derrota y la necesidad de revisar su planteamiento y mensaje. La responsabilidad es de quien no convence, no de quien no es convencido.
3. Mantengo la convicción de que a Maduro hay que enfrentarlo en el terreno del apoyo popular, que es donde es más débil. Pero esto no se puede hacer desde una posición acomodaticia ni mucho menos tolerante con los abusos del gobierno.
1. ¿Qué puede pasar en las elecciones parlamentarias convocadas por el CNE para el #6D? Muchos dan por descontada una victoria del régimen que le otorgará control total de la AN. En este hilo, discuto lo que podemos esperar de la votación basado en estudios de opinión.
2. Comencemos por la siguiente salvedad: los estudios de opinión solo pueden ayudarnos a predecir la votación real. Si la votación reportada por las autoridades electorales es distinta a la votación real, las encuestas no necesariamente tienen valor predictivo.
3. Sin embargo, hay una diferencia significativa entre que un grupo político saque más votos que otro en una elección y que ese grupo haga fraude para ser declarado ganador. La votación real, aunque difiera de los resultados oficiales, es un indicador genuino de fuerza política.
1. Hoy tuve la oportunidad de exponer los principales resultados de mi investigación sobre el efecto de las sanciones en la economía venezolana en el #EconoMaraton organizado por @ceconomiaucv. En este hilo resumo algunos de los puntos más resaltantes.
2. Venezuela atraviesa la mayor contracción económica en la historia documentada de América Latina, y una de las diez mayores del mundo. Para fines de este año, se espera que el PIB per cápita haya caído en 68,4%, equivalente a más de 3 Grandes Depresiones.
3. Esta contracción es mayor aún a la experimentada hacia el fin de ciclos populistas en otros países, como el de Alán García en Perú (-24.5%) o los Sandinistas en Nicaragua (-32.9%). No queda claro que las políticas venezolanas hayan sido mucho peores que las de esos casos.
1. El dictamen de la Juez Katherine Polk sobre el caso de los bonos PDVSA 2020 contiene elementos claves para la discusión nacional y el establecimiento de responsabilidades en este caso. Paso a ofrecer un breve resumen de los puntos más resaltantes.
2. La decisión de la Juez de Nueva York se basa en la observación de que, si bien la Asamblea Nacional tenía la autoridad para declarar la ilegalidad de Bono PDVSA 20 en el 2016, decidió no hacerlo.
3. El dictamen comienza por establecer que las decisiones de la AN en el 2016 constituían Actos de Estado. Eso implica que una corte de otro país debe aceptarlos sin cuestionar su legalidad. Por tanto, la AN pudo anular el bono PDVSA 2020 en el momento de su emisión.
1. Una Corte de Nueva York acaba de afirmar la legalidad de los bonos PDVSA 20s. La corte no halló necesario entrar en discusión de asuntos constitucionales venezolanos dado que halló que la obligación se regía por ley de Nueva York.
2. Tal como advertimos en su momento, era ilusorio esperar otra decisión. Si las cortes estadounidenses abriesen la puerta al desconocimiento por gobiernos de obligaciones pasadas con argumentos de ley local, generarían una enorme inestabilidad en los mercados de deuda soberana.
3. La Juez Polk incluso tomó la inusual decisión de ordenar a la junta ad hoc de PDVSA pagar los costos legales incurridos por los acreedores como resultado de la demanda. Esto indica un claro reconocimiento del poco fundamento legal de la demanda en base a la ley de NY.
1. Para entender el peligro de pérdida de CITGO ante los acreedores en procesos judiciales y la discusión sobre la responsabilidad de diversos actores públicos en ella, es importante entender los detalles de los procesos judiciales en curso. Abro hilo explicativo.
2. Es incorrecto alegar que la pérdida de CITGO es consecuencia inevitable de la acumulación por parte de la República de altos niveles de deuda financiera y por expropiaciones, dado que CITGO es una empresa legalmente separada de la República amparada por el velo corporativo.
3. Esto no quiere decir que Chávez y Maduro estén exentos de culpa en la pérdida potencial de nuestra empresa. Por el contrario, como argumentamos a continuación, sus actuaciones irresponsables fueron las primeras en poner en riesgo a la empresa.