@MarisaRB2 1. Prisión por delito de expresión es siempre un despropósito.
2. Veamos cuáles fueron los delitos.
Injurias al Rey, injurias a la policía y enaltecimiento del terrorismo.
@MarisaRB2 3. Estas son las "expresiones delictivas" respecto del rey.
-va de fiesta con la monarquía saudí, que es financiadora de ISIS.
-es un ladrón.
-debe ser desahuciado de palacio por ser un enemigo del pueblo.
-mafioso millonario a costa de la miseria ajena.
-fue impuesto por Franco. Image
@MarisaRB2 -negocios mafiosos en Arabia Saudí
-que no use escolta.
-monarquía es una banda criminal.
-amigo de regímenes criminales como el saudí (comic)
-saudíes bombardean mientras él se va de putas con ellos
-responsable de atrocidades
-IU va de risitas con él
-la monarquía son parásitos Image
@MarisaRB2 -ancianos pasan frío mientras monarcas dan lecciones desde palacio.
-amigos de la monarquía bombardean Yemen
-amigos de los mafiosos borbones matan de hambre a los niños yemeníes
-Ada Colau no le llamará criminal por vender armas a A.S. y vivir a todo lujo a costa de la miseria Image
@MarisaRB2 -monarquía mafiosa y medieval

La condena de este discurso como discurso criminal infringe EMHO las garantías de la libertad de expresión. De hecho, tras recientes revelaciones periodísticas se dicen cosas más explícitas por columnistas de la "prensa seria". Image
@MarisaRB2 (La mayoría de los tuits, de hecho, ni siquiera se refieren al rey sino a la monarquía o a sus amigos).
@MarisaRB2 Segundo bloque. Injurias a la policía. Es muy largo, pero la síntesis es:
-antidisturbios atacan ilegalmente manifestantes (imágenes de cargas), golpean a periodistas, torturan ante las cámaras
-la policía asesina inmigrantes (en relación con Tarajal)
-"mercenarios de mierda" Image
@MarisaRB2 -usa términos durísimos para condenar muertes causadas por policías en las que incluso ha habido condenas penales (tiroteo del GRAPO Martín Luna, muerte del "hincha" Íñigo Cabacas...).
-da por ciertas y asume las denuncias de tortura hechas por diversos presos del PCE(r) y GRAPO.
@MarisaRB2 -policías se muerden la lengua y dicen que les han lesionado
-denomina "asesinato" a las muertes de inmigrantes en Tarajal, habla de brutalidad policial
-policía siembra racismo
-habla de exterminio para referirse a la muerte en prisión de una condenada por pertenencia al GRAPO. Image
@MarisaRB2 Es una critica en términos brutales contra ciertas acciones policiales, pero una condena penal transgrede los estándares que el TEDH ha impuesto en materia de libertad de expresión y discurso antipolicial en sentencias como Savva Terentyev c. Rusia y Stomakhin c. Rusia.
@MarisaRB2 Tercer bloque. "Enaltecimiento del terrorismo".
Estos 11 tuits son los que determinan una condena de más de dos años de prisión, no suspendible. Image
@MarisaRB2 5 Tuits sobre Isabel Aparicio Sánchez, miembro del PCE(r) condenada por pertenecer al GRAPO (ella siempre lo negó) que murió tras larga enfermedad en prisión.
-"Exterminada por el estado torturador"
-"12 años por estar en el aparato de propaganda del PCE(r)
-"Ni olvido ni perdón" Image
@MarisaRB2 (...)
-"tu importante legado de lucha".

Tuits sin relación comprensible con la acusación.
-"Ante el terrorismo de Estado, barrio organizado". Image
@MarisaRB2 -Critica que se condenase a DOCE años de prisión a quienes causaron daños en la Basílica del Pilar con un explosivo, pero que las muertes ("asesinados") de inmigrantes en el Tarajal sean impunes (NOTA: el TS también entendió que la pena era excesiva y la rebajó a CUATRO años). Image
@MarisaRB2 -Dice que Martín Luna fue "asesinado por la policía por defender nuestros derechos".
Martín Luna era un líder del GRAPO activo entre 1977 y 1982 que, según la AP Barcelona, en 1982 fue muerto ilegalmente por varios policías. ImageImage
@MarisaRB2 -Llama "presa política" a la terrorista de GRAPO Victoria Gómez y dice que hay que apoyar a quienes [como ella] han ido más allá de las manifestaciones. Gómez fue condenada por diversos delitos, incluido el secuestro de Publio Cordón. Image
@MarisaRB2 -"Sí nos representan" junto a una foto de Ignacio Varela (condenado por pertenencia a GRAPO y por un atraco frustrado a un banco en 2003 para financiar al GRAPO). Image
@MarisaRB2 Estos tuits no son constitutivos de delito de enaltecimiento (como muy bien dicen en sus respectivos votos particulares los magistrados del TS Ana Ferrer y Miguel Colmenero y la magistrada AN Manuela de Prado): no suponen una incitación idónea a la violencia. ImageImage
@MarisaRB2 Votos particulares como los recogidos en las DOS sentencias condenatorias que, en mi opinión, si la condena no fuese anulada por el Tribunal Constitucional, anticipan una probable condena ante el TEDH.
@MarisaRB2 Bonus: esta banalizadora y desafortunada expresión en la sentencia del Tribunal Supremo. Image

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21 Jan
Lo de "el decreto de los okupas" en la prensa sedicentemente seria, con "artículos de encargo" sobre el tema, con mucha cita a fuentes expertas sin nombre ni apellidos...
Mejor ir directamente a las fuentes: hay menos riesgo.
Al puñetero BOE.

Vamos allá.
boe.es/buscar/act.php…
1. CONTEXTO.
Es una norma que afecta a empresas inmobiliarias o a personas físicas que sean grandes propietarios (más de 10 pisos). No afecta al propietario de tres o cuatro pisos.
Sólo rige durante el ESTADO DE ALARMA.
2. Se trata de una FACULTAD que el Juez debe ponderar si aplica.
El juez tiene que ver
a) Si se dan unos requisitos REGULADOS (si la persona está EN EL PARO y tiene unos ingresos por familia inferiores a 3 x IPREM; más si tiene parálisis cerebral; 0,1 más por cada hijo...
Read 13 tweets
21 Jan
OMISIÓN DE SOCORRO.
A veces se lee que los CP de los años 30 serían "liberales" y sólo prohibirían lesionar, pero no obligaban a ayudar; y que sólo desde los años 30, con la llegada de las ideas socializantes, comenzó a criminalizarse la omisión de socorro.

Pero no es cierto.
Las primeras manifestaciones de la Omisión de Socorro las encontramos en el CP 1822, arts. 694 y 698. Image
El art. 468.12º CP 1848 tipifica como falta:
“Los que no socorrieren ó auxiliaren á una persona que encontraren en despoblado herida, maltratada ó en peligro de perecer, cuando pudieren hacerlo sin detrimento propio”.
Read 6 tweets
15 Jan
Madre mía, el Voto Particular de Ollero a la STC que confirma la condena penal por el "delito" de llamar puta a la bandera y decir que "hay que prenderlle lume".

En efecto, es falso que nadie quemase una bandera.
Pero este voto particular SÍ QUE ARDE.

tribunalconstitucional.es/NotasDePrensaD…
Es la Feria del Recado en el TC.

(Ollero había sido el redactor de la primera versión de la sentencia, que SÍ otorgaba el amparo aplicando la jurisprudencia del TEDH).
Ollero desmonta la peregrina idea de que no había conexión entre el exabrupto y la protesta.

Dice que la conexión se halla "sin especial esfuerzo". Se manifestaban siempre durante el izado de la bandera. Ese día el almirante les abronca por sus manifestaciones ante el izado.
Read 33 tweets
9 Jan
Lo de la cuenta de Trump.
1. El enfoque sobre si materialmente está justificado suspenderle la cuenta es una cuestión
-urgente y realista; pero
-en sentido lógico secundaria, pues depende de una cuestión previa más esencial: *que hablamos en el ágora con permiso de una empresa*.
2. La justificación por parte de Twitter de la suspensión sigue, al menos en su argumentación, los pasos de la doctrina más restrictiva (peligro claro e inminente).

Pero no es un poder público. Es una empresa.
3. Que una empresa pueda decidir cerrar el cauce de comunicación de ciertos líderes políticos con la sociedad (de hecho, para muchos EL PRINCIPAL cauce) es inquietante y nos hace pensar en Black Mirror.
Read 6 tweets
30 Dec 20
Analogía:
-Familiar que no quiere que vacunen a su abuelo demenciado.
-Padre testigo de Jehová que no quiere que trasfundan a su bebé.

Similitudes:
-En ambos casos la decisión del familiar es contraria al "best interest" del paciente, según valoración de la ciencia médica.
Diferencias:
-La trasfusión es tratamiento urgente sin el cual sin duda el paciente muere. La vacuna es prevención para alguien de alto riesgo, ante un peligro ubicuo. No cabe decir que "sin duda el paciente muere" en caso de no suministrarse.
Como apuntan varios amigos, un elemento adicional es el riesgo de contagios a terceros. Es un elemento AJENO al "interés superior del paciente", y que juega además sobre todo cuando hablamos de entornos cerrados con más pacientes de riesgo (residencias).
Read 5 tweets

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