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QUE SI QUIERO O QUE SI TENGO (EL TÍTULO).
Abro hilo
Pues ya tenemos aquí la nueva temporada de la serie “THE LOFTS” y esta vez viene con vídeo.
elpais.com/ccaa/2020/02/1…
Que si ya era insufrible soportar a Monasterio (no) dando explicaciones, oírla es peor aún.
El vídeo que publica El País es de traca.
“El titulo de arquitecto, no. He estudiado seis años de arquitectura…” Como si has estudiado 20. El título es una condición binaria. O lo tienes o no lo tienes, cosa de la que sospecho esta señora era plenamente consciente.
Sospecho también que, en su oficina, cuando llegaban los clientes, no les decía que era bachiller que es, de facto, lo único que era antes de tener el título.
Pero sigamos. “De hecho no estoy colegiada en Madrid”. Pero a ver, ni en Madrid ni en Calasparra ni en Bollullos de la Cogolla. No puedes estar colegiada si no tienes el título.
Por ser más claro: ¿A que viene esa respuesta? Si no tienes el título es evidente que no estás colegiada. En ningún sitio. Es como si me preguntan a mi si soy cirujano y digo que no estoy colegiado en el Colegio de médicos. Hombre si, y ante todo ES QUE NO SOY MÉDICO.
“y no puedo visar proyectos en Madrid”. Insisto: NI EN MADRID NI EN NARNIA. No puedes hacerlos, en primer lugar, así que mucho menos visarlos. La forma de explicar que NO ES ARQUITECTA no puede ser menos clara ni menos trasparente.
“No tiene título” “Para ejercer, no”. ¿Y para que otra cosa lo quieres? ¿Para colgarlo en la pared? El título es precisamente lo que te faculta para ejercer.
No se sabe de la existencia de 'títulos para no ejercer'.
No tienes el título. Punto.
Ni para ejercer (aclaro), ni para decir en una publicación que eres arquitecta, ni para consentir que lo digan cuando puede inducir a error, ni para ponerlo en un cajetín de un plano, ni para NADA.
La jueza, claro, ALUCINA.
“Nosotros tenemos la obligación por contrato de supervisión de obra”. ¿Nosotros? ¿Qué ‘nosotros'? ¿Qué supervisión de ninguna obra hace quien no tiene el título? Y sobre todo ¿Cómo puede firmar como dirección facultativa alguien que NO ESTA FACULTADO PARA EJERCER?
Que la dirección facultativa esta muy clara en la Ley de Ordenación de la Edificación. Que no puedes ser dirección facultativa si no eres técnico competente.
“una actuación comunicada es una licencia que no necesita visado de técnico”
Esta es la madre del cordero. Tirar de actuaciones comunicadas de OBRAS MENORES (las que puede hacer cualquiera por que son de mínima cuantía) y hacer después de mi capa (y de la obra) un sayo.
“limpieza del local, picado de paramentos, todo eso son demoliciones eh” Con todo el cuajo. No puede controlar una DEMOLICIÓN quien no tiene título que le faculte.
“Esa dirección facultativa no es la visada por el ingeniero industrial” Pero A VER. Esa dirección facultativa no puede serlo porque NO PUEDES SER DIRECCIÓN FACULTATIVA. Por que no eres arquitecta.
Porque no puedes firmar una certificación de obra cuando no eres competente para certificar una obra porque no tienes el título.
“Ahí no pone nada de visado ni nada” No, si te parece. Aparte, tengo poco clara la validez de una certificación de obra firmada por quien no es competente y sin visar.
(Es un decir: Tengo claro que no vale NADA).
Porque lo que ocurre es que, si son obras menores, y si no hace falta dirección facultativa… ¿Para qué narices la certificación? Eso se paga directamente con una factura.
“El constructor pone lo que le ampara a él el cobro de su…” de su nada.
No es EL CONSTRUCTOR PONE. El constructor puede traer lo que quiera y tú, que sabes que no puedes ser dirección facultativa porque no eres arquitecta ni técnico competente, no puedes firmarlo.
Un constructor me puede traer la declaración jurada de que yo maté a Manolete y no la voy a firmar.
E insisto: si es una obra menor (sin técnico) no hace falta POR DEFINICIÓN dirección facultativa, no hace falta certificación de obra y se paga contra factura.
A menos, BAIA BAIA, que se quiera dar a algo una apariencia que no tiene.
A las obras (sin licencia, o con licencias que no amparan lo hecho), y a los intervinientes (la responsable de la empresa que no está titulada, una aparejadora para un cambio de uso a vivienda, un industrial para algo que no tiene mucha pinta de ser industrial muy dudoso TODO).
“El constructor firmo con los clientes que para que le pagarán tenía que alguien firmar como que eso estaba realizado” Eso es precisamente lo que es un CERTIFICACIÓN de obra.
No se trata de ‘firmar como que eso estaba realizado’. Se trata de CERTIFICAR que se ha ejecutado en forma y tiempo y por el precio acordado.
Y eso, certificar una obra, lo puede hacer sólo un técnico competente. Los clientes estaban acertados al pedir eso, pero sospecho que esperaban que se lo certificara alguien con competencias para ello.
De no tenerlas, como parece es el caso, lo que ella llama supervisar es ir por allí y decir: “ah pues esto está hecho”. Pero como si va mi tía la del pueblo.
“Nosotros como estudio supervisamos la obra, como estudio como Rocío Monasterio Asociados, por supuesto que la pongo” Para que un estudio pueda firmar una certificación de obra bajo el epígrafe 'Dirección Facultativa', el estudio debe estar colegiado.
Los estudios y sociedades se ‘colegian’ igual que sus miembros, siempre que estos sean colegiados. (Y tengan el título, claro ^_^)
En otro caso, si no es sociedad colegiada, las certificaciones las firma únicamente técnico competente.
“Y por supuesto que yo vi hacer esa parte de la obra”. Yo he visto una vez hacer una central térmica de ciclo combinado. Es muy bonito de ver. Pero no puedo firmar una certificación de la instalación bajo el epígrafe “dirección facultativa” PORQUE NO SOY COMPETENTE.
Que no se trata de ver hacer nada. Se trata de poder certificarlo.
“lo que no quiero que se confunda es con la dirección facultativa visada” Debería ser imposible porque NO EXISTEN LAS DIRECCIONES FACULTATIVAS NO VISADAS. Todas las direcciones facultativas, dado que están firmadas por técnicos competentes, se visan.
O sal menos son susceptibles de ser visadas, ¿Por qué? Porque esos técnicos, con título, pueden visar. Lo otro, no es una ‘dirección facultativa no visada’. NO ES UNA DIRECCIÓN FACULTATIVA. PUNTO.
“Simplemente por aclarar, señoría”
“Obtuvo alguna licencia” “No”. Nice.
“Pero vamos a ver, a ver si yo me aclaro”, dice la jueza. We are with you, your honour.
Lo de que se renuncia a la licencia porque las clientas han hecho una obra ilegal es también para enmarcarlo. El control de las obras era, como vemos, exhaustivo.
Ojo que el hermano es también la risa. “Cuantas veces fue usted a la obra” “Cero” Lo que viene siendo una dirección facultativa de las buenas. De calidad. Se me hace raro como se lleva una dirección facultativa, que está para controlar las obras, sin ir a las obras.
Por telepatía a lo mejor. Concentrándose muy fuerte.
A la jueza le choca que alguien que proyecta algo no vea la obra ni el sitio. A la jueza y a todo el mundo. A menos que se sea un firmón, figura de honda raigambre consistente en poner la firma en lo que te pongan por delante para amparar proyectos de otros que no pueden firmar.
Un clásico.
“¿Para hacer un proyecto no tiene que ver el local?” “No es necesario” A ver, yo diría que es bastante necesario. Sobre todo, si se quiere hacer bien.
“Sobre los datos o planos que le suministren puede usted hacer el proyecto sin necesidad de haber ido.” “perfectamente”.
Perfectamente, lo que se dice perfectamente, creo que no.
En fin. Aquí viene Kafka y te renueva el surrealismo en dos tardes.
Por cierto, interesantísimo también que al COAM le pidan una certificación de si alguien es o no es arquitecta colegiada y no le pique la curiosidad por saber por qué se la están pidiendo.
Digo, eh. En plan “Hay colillas! aquí han fumado, Sherlock”.
Y hasta aquí!.
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