Este ejercicio ha sido muy bonito. Me han llegado hartas preguntas por DM y hay varios temas repetidos, así que me tomaré la libertad de responder algunas tb por acá.
(Con la aclaración de que en 280 caracteres no se puede tanta profundidad)
Varias razones: (1) un nuevo pacto social nos puede ayudar a enfrentar la crisis actual; (2) hay varios temas sociales q han quedado bloqueados por la Constitución; (3) nos permite ponernos al día en compromisos internacionales [2/x]
¿QUÉ TEMAS PODRÍAMOS CAMBIAR?
Podríamos garantizar los derechos sociales (hay varios que no están en la Constitución o están mal reconocidos); reconocer a los pueblos originarios; avanzar en igualdad de género, mejorar el TC; lograr una real descentralización, etc [3/x]
Acá hice un resumen de los aspectos generales del Proyecto presentado, q como verán, no tiene NADA q ver con lo que está alegando Interferencia. Es básicamente un proyecto de cooperación, para adecuar el proceso penal chileno a las solicitudes de la CPI.
Ahora, pasemos a las "denuncias" que señala la nota.
1. "La iniciativa del Ejecutivo parece ser una movida para anular posibles querellas internacionales en contra del gobierno". NO EXISTEN QUERELLAS INTERNACIONALES (ya volveré a eso). Y no, el gobierno no anuló nada.
El Diputado Schalper nos dice q la Constitución no puede darle a nadie una casa. Eso es verdad (y yo personalmente no soy fan del video).
Pero eso no significa q incorporar el derecho a la vivienda en la #NuevaConstitución no sea importante. Veamos por qué... [sí, hilo de nuevo]
Lo primero a recordar es que el derecho a la vivienda está muy vinculado con otros derechos que conocemos (y que nos parecen menos controvertidos, incluso el Diputado estaría de acuerdo con ellos): vida, salud, privacidad. La falta de vivienda pone en riesgo tb esos derechos.
El derecho internacional reconoce el derecho a la vivienda, por ejemplo, en el artículo 11(1) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ratificado por Chile, lo que significa que es obligatorio para nuestro país) ⬇️
El Diputado @Diego_Schalper vuelve a utilizar su tribuna pública para entregar información falsa o tergiversada sobre el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Como siempre, es necesario hacer varias aclaraciones:
@Diego_Schalper PRIMERO: Schalper dice q no existe ninguna fuente formal de DI que respalde la postura de que solo el Estado puede violar los DD.HH.
Eso es FALSO. Son los Estados los que firman tratados de DDHH y son ellos entonces los q asumen obligaciones de respeto. Así de elemental.
@Diego_Schalper La razón de eso es también histórica: es el Estado quien está autorizado por la ley a ejercer fuerza, y por tanto tiene sentido que sea el Estado quien quede limitado, para no vulnerar los derechos de los particulares.
Lo expliqué acá:
[HILO - ¿POR QUÉ LOS DD.HH SÓLO ESTÁN ENFOCADOS A LAS VIOLACIONES COMETIDAS POR EL ESTADO? ¿SON LOS DD.HH UN INVENTO DE LA IZQUIERDA?]
Recordatorio antes de partir: este es un hilo q solo aborda los temas de manera general. No pretende reemplazar una clase o artículo académico.
Contexto: Hoy se publicó una carta de @jvanbiobio donde indica q existe una “anomalía” en el hecho de q el @inddhh sólo se preocupe x las vulneraciones cometidas por agentes del estado, diciendo q es necesario corregirlo para q esta entidad vele por los DDFF de todos los chilenos
@jvanbiobio@inddhh Yo y muchos otros (más expertos que yo) hemos explicado varias veces que eso constituye un error, pues el titular de la obligación de respeto de DD.HH es el Estado y no los particulares. Para eso, ver x ejemplo estos hilos: