Como siempre, es necesario hacer varias aclaraciones:
Eso es FALSO. Son los Estados los que firman tratados de DDHH y son ellos entonces los q asumen obligaciones de respeto. Así de elemental.
Lo expliqué acá:
El argumento es ERRÓNEO. El Derecho Penal Internacional es una categoría distinta al Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Así de simple.
Son categorías distintas, q si bien tienen cercanías en ciertas áreas (como laboral y civil), tienen lógicas jurídicas diferentes.
Ello es EQUÍVOCO. Es cierto q hay desarrollos en DD.HH respecto de actores no estatales o empresas. Pero ello se funda en EXCEPCIONES, no aplica para delitos comunes.
Acá lo expliqué en el caso de grupos terroristas o grupos con control de territorio a propósito de una nota de La Segunda:
Eso es cierto. Pero eso no hace más que CONFIRMAR el punto inicial: que el titular es el ESTADO, no el particular.
Que exista obligación de prevenir (del ESTADO) no apoya el argumento de Schalper.
Pero bajo la lectura de Schalper, TODO DELITO, al afectar nuestros derechos (vida, integridad) es una violación a los DD.HH.
Tendríamos 2 instituciones haciendo la misma pega. No solo es incorrecto jurídicamente, tb es ilógico e ineficiente.
Los DD.HH no son algo de la izquierda. Ya lo dije acá, hay más Locke que Marx.
Es la misma derecha la q ha transformado los DD.HH en patrimonio de la izquierda.
Es curioso q liberales no entiendan la particularidad de los DD.HH.