De vez en cuando oye la indignada pregunta "¿dónde están los jueces?" y similares requerimientos para que hagamos algo ante esta o aquella injusticia. A ver si sé explicar (no muy técnicamente) cómo nos repartimos los asuntos y si podemos investigar lo que sea, cuando sea. Hilo.
1) Hay jueces de civil, de instrucción, de penal, de menores, de vigilancia penitenciaria, de familia, de social, mercantilistas y de lo contencioso-administrativo. Esta división por materias se llama JURISDICCIÓN (más o menos), y es necesario tenerla para conocer de un asunto.
2) Así que, si soy juez civil, no puedo investigar un delito, ni juzgarlo; tampoco puedo anular una norma autonómica que restrinja las libertades más allá del decreto de alarma; o decidir si un despido es procedente o improcedente. No tengo jurisdicción sobre esos temas.
3) Pero además tengo que tener COMPETENCIA OBJETIVA. Los asuntos dentro de una misma jurisdicción se reparten entre los jueces. Pej. los jueces que juzgan delitos no los juzgan todos: unos juzgan los delitos leves, otros los delitos graves y otros los cometidos x menores de edad.
4) Y aunque tenga jurisdicción y competencia objetiva, debo tener, además, COMPETENCIA TERRITORIAL. Es decir, el hecho debe suceder en el territorio de mi juzgado o tribunal, que puede ser el partido judicial, la provincia, la CCAA o incluso todo el país (caso del TS y la AN).
6) Por eso, si soy juez de familia, conozco los divorcios de mi ciudad, y punto. Y si soy juez de instrucción solo puedo investigar los delitos que ocurren en mi partido judicial; no puedo ir al partido judicial de al lado e investigar lo que el juez de allí no investiga.
7) En definitiva, sólo puede conocer de un asunto el juez que tenga jurisdicción Y competencia. Y esto es algo que se sabe ANTES de cada asunto, no después. Pej. se sabe que el juez de instrucción de Cádiz investigará los delitos de ese partido judicial ANTES de que se cometan.
8) Es lo que se conoce como juez ordinario PREDETERMINADO por la Ley, un derecho humano fundamental recogido en nuestra Constitución. Por tanto, es la LEY, aprobada por los partidos en el Parlamento, la que distribuye las distintas jurisdicciones y competencias entre los jueces. Image
9) Alguno me dirá "es que en Cádiz hay más de un juez de instrucción, so listo". Así es, en cada territorio suele haber más de un juez con la misma jurisdicción y competencia. Entonces, ¿cómo se decide cuál de ellos en concreto conocerá de un asunto? Por REPARTO.
10) En cada sitio, los jueces acuerdan unas normas de reparto entre sí a fin de que cada uno acabe conociendo del mismo número de asuntos. Esas normas, que las debe aprobar el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de que se trate, buscan la mayor aleatoriedad posible...
11) ...y evitar el riesgo de elección del juez. Pej es típica la de que el juez de instrucción investigará los delitos cometidos en la fecha de su guardia (lo que depende del azar del delincuente). O que los juicios civiles se sorteen entre los jueces civiles, y por materias.
12) Y por último: los jueces no vamos a la calle (ni vemos la tele o las RRSS) buscando delitos que llevarnos al juzgado. Es la policía la que recoge los 1º indicios y los remite al juez que tenga jurisdicción y competencia; finalmente el asunto será del que le toque por reparto.
13) En definitiva, ningún juez es dueño de elegir qué juicios hace ni qué delitos investigar. Así que, la próxima vez que oigáis eso de dónde están los jueces que no hacen nada, ya sabéis: posiblemente trabajando en esos pleitos que nos corresponden por ley y reparto. FIN

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15 Feb
Como tengo un rato, toca hilo sobre la sentencia que absuelve a Cristina Cifuentes del delito de falsificación del máster del que, como inductora, era acusada.
1) La sentencia entiende PROBADO que C.R. fue presionada al menos por M.T.F. para falsificar el acta que diese por aprobado el TFM de Cifuentes. C.R. y M.T.F. eran funcionarias de la Universidad, y la última además era asesora de Educación de la CAM que gobernaba Cifuentes.
2) Ello resulta de que C.R reconoció veraz y convincentemente los hechos (siempre colaboró con la investigación), del inusual tráfico de llamadas entre ella y M.T.F. el día clave y de los testigos que estuvieron en las reuniones ("preparatorias" del acta) o apuntados al máster.
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9 Feb
A cerca de la REAPERTURA DE LA HOSTELERÍA en el País Vasco, por resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJPV). A ver si sé explicarla en este hilo.
1) Quede claro que el TSJPV no ha decidido de manera definitiva sobre el asunto, sino que, a la espera del juicio, ha suspendido PROVISIONALMENTE un apartado del decreto del gobierno autonómico, el que cierra la hostelería en caso de incidencia superior a 500/10.000 habitantes.
2) Es lo que se llama MEDIDA CAUTELAR de SUSPENSIÓN, y para ver si la concedía o no, el TSJPV no podía entrar a analizar el fondo del asunto (eso será en el juicio), sino que debía limitarse a valorar si concurren una serie de requisitos.
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31 Jan
A raíz de esta noticia (sevilla.abc.es/sevilla/sevi-c…), en la que se condena por CUARTA VEZ a una mujer por denunciar falsamente al mismo hombre (que incluso, en una ocasión, estuvo 11 meses en prisión), me apetece hilar estas breves reflexiones.
1) Ya lo dije en un hilo (): la pena prevista para el delito de denuncia falsa es, en mi humilde opinión, poco proporcional a la gravedad del hecho. Y no porque hablemos de la violencia de género, sino para cualquier denuncia por un delito que no ocurrió.
2) Aquí tenéis las penas según su regulación actual. Como veis (art. 256 CP), depende íntegramente del delito que se haya denunciado falsamente. Solo en el caso de atribuir a otro un delito de los considerados "graves", está prevista la pena de prisión, y solo hasta los 2 años.
Read 11 tweets
16 Dec 20
Aprovechando que esta cuenta tiene un número de seguidores apañao, voy a hacer algo que nunca he hecho: ¡un hilo! Sí, sí, pero esta vez sobre un tema personal que creo que merece darle difusión, por desconocido: los problemas de los niños con altas capacidades (AC).
1) Generalmente, todo el que piensa en AC piensa en altos coeficientes de inteligencia y en (lo que antes se llamaban) superdotados. Y, desde luego, no puede imaginar que ello sea un "problema", y mucho menos que deba situarse en un plano similar a otras necesidades especiales.
2) Esto me pasaba a mí, claro. El que no sabe es como el que no entiende. Aquí tenéis la imagen habitual que uno se hace cuando hablamos de estas cosas, incluso la he visto en cursos oficiales de formación ¿Cómo va a ser un problema tener un Ferrari? Vamosombre.
Read 24 tweets
12 Dec 20
Con ocasión de que se han confirmado los 10 años de prisión a la mujer que denunció falsamente a su ex pareja de haberla secuestrado y haberle echado pegamento en la vagina, hilo unas reflexiones, para el que guste. Aunque puede que no sean del gusto de todos, aviso.
1) Me he leído la sentencia de 1ª instancia y la nota de prensa de la sentencia del TSJ que confirma ésta. Y puede que lo que más llame la atención sea la condena por dos delitos de detenciones ilegales, que es lo que hace que se llegue a los diez años de cárcel.
2) Y es que se ha considerado probado que fue ella quién llevó a cabo las privaciones de libertad de él. Diréis ¿pero no fue la policía la que lo detuvo? y ¿no fue el juez el que lo metió en prisión provisional? Sí, pero ellos fueron simples INSTRUMENTOS de los que ella se valió.
Read 20 tweets
3 Dec 20
Como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sigue sin renovarse, @PSOE y @PODEMOS han presentado una proposición para modificar la Ley (ecestaticos.com/file/5e599e948…), que, curiosamente, no busca facilitar la renovación del CGPJ. Desenrollo hilo.
1) Básicamente, la reforma propuesta pretende que, si llegado el momento por haber transcurrido sus 5 años de mandato, el CGPJ no es renovado en plazo, el mismo, entre tanto, no pueda realizar los nombramientos de la cúpula judicial (magistrados del Tribunal Supremo y otros).
2) Y para ello parte de una MENTIRA. Dice que se trata de llenar una "laguna jurídica". Ello supondría que la Ley no prevé qué pasa si el CGPJ no es renovado en plazo. Pero resulta que sí lo prevé: expresamente dice que seguirá con sus funciones, salvo la de nombrar presidente.
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