Con todo lo que se está generando alrededor del horroroso crimen de las niñas de Tenerife, me viene a la cabeza cómo se reaccionaba en la Edad Media ante hechos similares. Hilo incómodo va.
1) Ante hechos tan atroces que el común de los mortales no concebimos, lo habitual en la Edad Media es que los mismos se atribuyesen a brujas (mujeres que habían pactado con el diablo) o directamente a Satán. Solo el Mal personificado podía explicarlo.
2) La razón o la ciencia quedaban totalmente al margen, pero daba igual: lo importante es que esa explicación del hecho contaba con el favor del común de los ciudadanos y, sobre todo, de las élites gobernantes, que constantemente abonaban ese mensaje.
3) Así, los ciudadanos eran convenientemente adecentados cada día de misa sobre cómo el diablo se puede meter en las personas y estar detrás de los peores actos de éstas, haciendo hincapié en la mujer que, bajo el estigma de Eva, era más fácilmente influenciable.
4) A su vez, la Iglesia mantenía toda una estructura de poder, dinero incluido, girando en torno a la idea de que Satán era algo real que, efectivamente, vivía entre nosotros. Clero, reyes, tribunales e incluso pensadores y teóricos, formaban parte de esa estructura de poder.
5) Por supuesto, las "soluciones" ante hechos así, consistentes en sacar el demonio del sujeto afectado, o en actos colectivos de expiación, tenían poca o nula efectividad real. Pero daba igual, porque señalar públicamente al demonio era catarsis social suficiente.
6) Como vemos, la razón se sustituía por la fe, y la ciencia por dogmas indiscutibles. De hecho, apartarse de esta explicación oficial era una actividad de riesgo, ya que servía para que a uno lo señalaran como cómplice del demonio o, peor aun, el demonio mismo.
7) Actualmente, cuando ocurren hechos como el que comentamos, ya no gritamos "brujería" o "satán", sino "machismo" o "heteropatriarcado", pero el esquema medieval se reproduce con tan idéntica precisión que sorprende que pase desapercibido.
8) Al igual que entonces, se aparca la ciencia (la que surge de los datos y de lo que sabemos de la mente humana) y la razón (el machismo que tanto abunda da respuesta él solito a algo tan poco frecuente como el homicidio de niños/mujeres), y se sustituye por fe inquebrantable.
9) Desde el poder establecido se bombardea a los ciudadanos con que el machismo y el heteropatriarcado son los culpables de los crímenes más atroces. Y aunque hay mujeres machistas, se hace hincapié en el hombre, violento por naturaleza. Los ciudadanos decimos amén.
10) Se ha creado toda una estructura de poder (ministerios, presupuestos, leyes, juristas, sociólogos) alrededor de la idea de que el hecho de que vivamos en una sociedad machista, y sólo eso, es la explicación a algo tan complejo como la conducta humana, también la del homicida.
11) Por supuesto, las soluciones dadas desde estas premisas para acabar con los homicidios no están resultando, que es lo que cabe esperar cuando se deja la ciencia y la lógica de lado. Peor aun, están generando división y disconfort en gran parte de la sociedad.
12) Tan indiscutible se presenta la fe oficial, que el que ose desviarse de ella lo más mínimo es señalado como parte del problema. No sólo es un machista, sino que está contribuyendo a que las mujeres y los niños mueran. Se les señala como herejes y culpables, ambas cualidades.
13) Como yo, que dirán que soy parte del problema porque niego la violencia machista. Pero NO la NIEGO. Lo que niego es el machismo como explicación COMPLETA del fenómeno de los homicidios. Igual que no niego que haya bondad y maldad, pero esa reducción no explica el delito.
14) El padre que mata a sus hijas puede que fuese machista, pero no mató a las niñas para mostrarse superior a la mujer, presa del heteropatriarcado, sino que su cabeza hizo click y llegó a un punto tal que sólo concibió una manera de hacer daño a su ex: matar lo que más quería.
15) Pero el deseo de dañar a otra persona no es propio de machistas. El deseo de dañar a las personas que te rodean es propio de los seres humanos. Algunos lo llevan a la práctica, y de formas tan variadas como amplia es la imaginación; y sí, algunos de maneras muy crueles.
16) El quid está en eso que marca la diferencia entre desear y ejecutar (y cómo), y ello depende de tantos factores que reducirlo a machismo es como decir que una buena hamburguesa se hace solo con ketchup, obviando el resto de ingredientes. Espero que se me haya entendido. FIN.
PD. Para los curiosos (que son todos aquellos que desde la Edad Media se han atrevido a poner en duda la verdad oficial), recomiendo leer esto de @pitiklinovevolucionyneurociencias.blogspot.com/2020/07/ocho-r… Aunque es un pelín largo, se lee muy fácil.
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Leyendo la Ley 8/21, de 2 de junio, publicada hoy en el BOE, me he topado con algunas cosas que me chocan. Pero hay una en concreto que hace que me salten todas las alarmas. Hilo sobre VIOLENCIA DE GENERO (VG) y RÉGIMEN DE VISITAS en divorcios y separaciones.
1) La Ley introduce en el art. 94 del Código Civil (CC) un nuevo párrafo tras el párrafo que ya dice, desde hace lustros, que el juez podrá limitar o suspender las visitas y comunicaciones si se diesen graves circunstancias que así lo aconsejen. Éste es el nuevo párrafo:
2) Como veis, parece que ahora se establece el AUTOMATISMO de impedir a un progenitor el establecimiento de visitas, o suspender el que haya, si el mismo está incurso en un "proceso penal iniciado" por delitos que, de ser él el que los comete contra ella, son propios de VG.
Ahora que estamos todos analizando si las CCAA pueden, sin estado de alarma, restringir colectivamente derechos fundamentales para evitar la propagación la COVID-19, creo que es buen momento para hilar esta reflexión sobre los CONFINAMIENTOS DOMICILIARIOS por positivo.
1) Cuando alguien da positivo, y sus síntomas lo permiten, se procede a su confinamiento en casa. Ello se hace extensivo a todas las personas a las que se haya identificado como "contacto estrecho", que reciben una llamada del rastreador diciéndoles que deben encerrarse en casa.
2) A veces, esa orden de confinamiento se hace acompañada del anuncio (infundado) de incurrir en un delito contra la salud pública si no se obedece. Y en algunos sitios, incluso, parece que la policía visita los domicilios para comprobar que se está cumpliendo el confinamiento.
Ya dije que los INMIGRANTES ILEGALES, por el hecho de serlo, no son delincuentes. Incumplen la Ley de Extranjería, pero eso no es delito, sino una infracción administrativa ¿Qué SANCIÓN les cae, entonces? Aquí ha habido un poco de lío. A ver si sé explicarlo en este hilo.
1) Centrándome en los extranjeros que se encuentran irregularmente en España, supuesto más habitual y que todos asimilamos al "ilegal", nuestra Ley prevé dos opciones excluyentes: o MULTA (de hasta 10.000 euros) o EXPULSIÓN (que siempre lleva la prohibición de entrada).
2) Con base en ello, y atendiendo al principio de proporcionalidad, la Administración sólo podía optar por la expulsión en supuestos que fuesen especialmente GRAVES. No bastaba con, simplemente, estar irregularmente en España: tenía que darse un plus.
Lo que es Twitter. En un momento, me he encontrado con dos versiones de una sentencia que absuelve a unos militantes de VOX de un presunto ataque homófobo. No pueden ser más dispares. A continuación, os enlazo los dos hilos, cada uno con su explicación de la sentencia.
1) Aquí el primer análisis que me he encontrado, que defiende la sentencia de lo que otros van diciendo de ella.
La polémica Ley que obliga a usar MASCARILLAS incluso en el campo o en la playa, explica muy bien cómo funciona nuestro sistema partidista y cómo cada vez tenemos menos ESTADO DE DERECHO. Hilo va.
1) Advierto que este hilo es un resumen del siguiente post, autorizado por su autora @veronicadelcarp, que recomiendo encarecidamente leer. Un trabajazo de estudio y búsqueda de datos que nadie le va a pagar, aunque muchos se lo agradezcamos. elotroblogdeveronicadelcarpio.com/2021/04/03/mas…
2) No voy a valorar la medida. Aunque, como la evidencia científica indica que, por su transmisión por aerosoles, el peligro del virus es su acumulación en espacios cerrados o mal ventilados, la misma Ministra de Sanidad ya la ha puesto en duda:
Creo que este tuit que hice el otro día merece algún desarrollo. Así que hilo sobre ENTRADAS de la POLICÍA en un domicilio por meras INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS. Que sí, que es posible, pero siempre que se den ciertas exigencias.
1) En ocasiones, la Administración, para dar cumplimiento a lo acordado por ella misma, necesita entrar en el domicilio de un particular. Pej. para derribar la construcción ilegal que un vecino ha hecho en su ático; o para desalojar al militar que no deja el pabellón.
2) En estos y similares casos, hay un procedimiento administrativo previo en el que la Administración, tras oír al ciudadano afectado, resuelve lo que sea (derribar la construcción ilegal, que el militar cese el uso del pabellón). El problema viene al ejecutar esa decisión.