Los lineamientos violan la #NeutralidadDeLaRed al permitir la discriminación de tráfico de Internet a través de figuras como los “datos patrocinados” por un tercero o por el propio operador o las ofertas de “zero rating” con las que se da acceso “gratuito” a algunas aplicaciones.
Por ejemplo, el art. 8 de los Lineamientos del IFT valida prácticas contrarias a la #NeutralidadDeLaRed como Telcel "patrocinando" el tráfico de Claro Video para que no te cueste datos y YouTube, Vimeo o Netflix sí te cueste y te cueste más.
¿Cómo te afectan estas prácticas?
1. Limita tu LIBERTAD DE ELECCIÓN
En lugar de elegir la aplicación que más te gusta, terminas condicionado a elegir la que Telcel decidió (para su beneficio comercial) que “sea gratis”
Por ejemplo prefieres Signal pero usar Whatsapp no te cuesta datos.
2. Te CUESTA MÁS DINERO.
Lo que no te dicen cuando te dan "gratis" el acceso a algunas aplicaciones, es que al mismo tiempo aumenta el costo por acceder al resto de aplicaciones, contenidos y servicios.
Estudios demuestran que terminas pagando más dinero por menos Internet.
Por ejemplo, acá un estudio que demuestra que donde hay ofertas de zero rating (aplicaciones gratis) aumentan los costos por datos móviles:
3. Afecta la INNOVACIÓN, PLURALIDAD Y DIVERSIDAD en Internet.
Compañías de Internet que hoy son grandes o creadores que hoy son muy populares empezaron en un garage con una buena idea.
Gracias a la #NeutralidadDeLaRed pudieron entrar a competir en igualdad de circunstancias.
Las y los usuarios de Internet decidimos qué aplicaciones, servicios y contenidos se hicieron populares.
Si se permite a las empresas de telecomunicaciones ponerse de cadeneros para discriminar, son ellos los que deciden quién gana y quién pierde en Internet
Los lineamientos del IFT afectan principalmente a las startups, a los proveedores sin fines de lucro como Wikipedia, a los pequeños y los nuevos.
Y nos afecta a todos porque reduce la innovación, la pluralidad y la diversidad que han hecho de Internet un espacio libre y abierto.
A los lineamientos del IFT no les importa que Whatsapp y Uber sean parte de un paquete de “aplicaciones gratuitas” y Signal, Telegram, Beat y Didí o una nueva startup mexicana no, cimentando la posición dominante de los primeros y poniendo barreras de entrada a nuevos jugadores.
4. Mantiene la BRECHA DIGITAL.
Uno de los argumentos favoritos de los enemigos de la #NeutralidadDeLaRed es que con todo el dinero que las empresas de telecomunicaciones le van a exprimir a los usuarios y proveedores van a invertir para reducir la brecha.
Es mentira.
Por ejemplo, en EU, Trump acusó que la #NeutralidadDeLaRed afectaba la inversión en infraestructura para deshacer las reglas de Obama que protegían la neutralidad.
Sin embargo, la evidencia demuestra que la neutralidad de la red no afectó en nada la inversión en infraestructura.
Acá enlace al estudio que demuestra que la #NeutralidadDeLaRed no afectó la inversión en infraestructura en EU:
El @IFT_MX favorece los intereses comerciales de las empresas dominantes de telecomunicaciones y algunas de Internet en perjuicio del interés público #NeutralidadDeLaRed
Con esto le da buenos argumentos a quienes la acusan de estar capturado por las empresas que debe regular.
Ojo. Deshacerse de la #NeutralidadDeLaRed en la práctica, como lo hacen los Lineamientos del IFT no es una decisión que tienen derecho a tomar. Los lineamientos violan el mandato del artículo 145 de la LFTR.
Como lo hicimos para obligar al IFT a emitir Lineamientos que ilegalmente se negó a emitir por 7 años, impugnaremos por vía de amparo estos Lineamientos y combatiremos ofertas contrarias a la #NeutralidadDeLaRed
Como pasó en EU, en donde el Congreso de California legisló para proteger la #NeutralidadDeLaRed cuando Trump la desapareció, el Congreso debe legislar y hacer la tarea que por 7 años el IFT, por no ha querido hacer (ilegalmente).
El IFT eliminó la posibilidad de bloquear aplicaciones, contenidos o servicios en Internet por "seguridad nacional" o a solicitud de una autoridad, con lo cual se abría la puerta a la censura.
Medio buena:
En principio se prohíbe a los PSI monitorear o inspeccionar el tráfico de Internet.
Aunque de la explicación no queda suficientemente clara la prohibición del uso de la "inspección profunda de paquetes" en la "carga útil" de los datos, osea, el contenido.
La ministra Piña no concedió la suspensión solicitada por el @INAImexico respecto de la acción de inconstitucionalidad contra el #PANAUT.
Va hilo de qué significa, qué no, por qué es una mala decisión pero por qué tampoco es para entrar en pánico.
1. El INAI solicitó que se suspendieran los efectos de las normas que crean el PANAUT, es decir, que en lo que se decide si el PANAUT es o no constitucional, se detengan los efectos de la norma.
Es como pedir que no se reanude un partido de fut antes de que se revise el VAR.
2. ¿Qué efectos? Por ejemplo:
- El plazo de 6 meses para que el IFT emita disposiciones reglamentarias.
- El plazo de 6 meses extra para que operadoras empiecen a requerir datos.
- El plazo de 2 años para que se cancelen las líneas de quienes no entreguemos nuestros datos.
Lamentables las mentiras, torpezas y ataques de @RicardoMeb en la mañanera para defender el Padrón.
1. Es MENTIRA que 155 países cuenten con registros biométricos de telefonía móvil. Son menos 20 y principalmente dictaduras como China, Arabia Saudita y Venezuela.
2. Tramposamente confunde la entrega voluntaria de datos personales para la prestación de algunos servicios con la entrega obligatoria de datos biométricos so pena de no poder acceder a un derecho constitucional como el acceso a las TIC.
3. Sus ataques a jueces que están concediendo suspensiones dentro de juicios de amparo en contra del padrón, además de atacar la independencia judicial, revelan su incompetencia e ignorancia.
Van primeras impresiones sobre la iniciativa de @RicardoMonrealA "para regular las redes sociales", aunque inexplicablemente no quiera dialogar con la sociedad civil para intentar ayudarle a no meter la pata.
La definición de los sujetos regulados es, por decir lo menos, muy deficiente.
Cualquier sitio de internet que "difunda información" generada por sus usuarios entra en la definición.
No solo regula a Facebook o Twitter. Reddit, Wikipedia, 4chan, Onlyfans. Hasta a Telegram.
La definición de "redes sociales relevantes" es confusa y arbitraria.
¿Sitios con más de un millón de usuarios? ¿Por qué un millón? ¿Un millón de usuarios en México o en general?
El umbral es muy bajo y afectará a muchos más sitios de los que el autor cree que afecta.
¿Por qué saldría más cara y tardada la transparencia si eliminamos el INAI?
Porque miles de casos que hoy resuelve el INAI en aproximadamente 6 meses y en una sola instancia porque sus resoluciones son inatacables por la autoridad las tendría que resolver el PJF.
En el último periodo anual reportado por el INAI, informó que resolvió cerca de 9 mil recursos de revisión en materia de transparencia. De esas decisiones únicamente se impugnaron vía amparo cerca de 150.
Un recurso de revisión ante el INAI se tarda aproximadamente 6 meses.
Un juicio de amparo + recurso de revisión: 1.5 años - 2 años.
Esos 8850 casos que resuelve el INAI y no llegan a amparo nos ahorra un montón de tiempo y dinero.
Va hilo sobre moderación de contenidos en plataformas digitales:
El status quo es que toda plataforma de Internet generalmente:
a) No es responsable por las expresiones de sus usuarias.
b) No es responsable por medidas unilaterales para remover expresiones que considere.
Esta inmunidad de las plataformas de Internet se desprende de la Sección 230 de la Communications Decency Act, exportada (aunque con pequeñas diferencias) en el art. 19.17 del TMEC.
(Para que vean que en la 4T no saben ni lo que aprobaron con el TMEC)
De no existir la regla general de la no responsabilidad de plataformas de Internet por las expresiones de sus usuarias, las plataformas tendrían que convertirse en policías todavía más estrictas del discurso, usualmente censurando de más por miedo a ser responsabilizados.