Quines són les noves restriccions, en vigor a partir de dilluns 21 de desembre?

Petit fil, via @pimec 👇

pimec.org/ca/institucio/…
▶️ La restauració pot obrir per servir esmorzars i dinars, de 7.30 a 9.30 i de 13 a 15.30 h.

Les terrasses estaran obertes i l’aforament interior serà d’un màxim del 30%.

Amb taules d’un màxim de quatre persones i dos metres de distància.
▶️ Els restaurants i bars podran seguir oferint sopars per emportar-se des de les 19 fins a les 23 h.

Les mascaretes seran obligatòries mentre es parla als establiments de restauració.
▶️ Els centres comercials podran seguir oberts amb les restriccions actuals.

Els gimnasos i restaurants dins de centres comercials no podran obrir.
▶️ Els equipaments esportius poden restar oberts quan sigui a l’aire lliure al 50% d’aforament. Els que estiguin en espais tancats l’aforament màxim és del 30% amb cita prèvia.

Els equipaments culturals poden continuar oberts amb un topall de 1.000 persones i un 50% d’aforament.
▶️ Es recomana que es faciliti el teletreball sempre que sigui possible.
▶️ Les activitats socials queden limitades a sis persones com a màxim, amb excepció per Nadal.

Els dies 24, 25, 26, 31 de desembre i 1 i 6 de gener les trobades es podran ampliar excepcionalment a un màxim de 10 sempre que es correspongui a dues bombolles de convivència.
▶️ La mobilitat continua al perímetre de Catalunya excepte visites familiars i gent propera.

Queda restringida la mobilitat a l’àmbit comarcal.

Es podran desplaçar persones fora de la comarca per anar a una residència o establiment rural, amb una bombolla de convivència.
▶️ El toc de queda resta igual (22 a 06.00 hores), però canviarà la Nit de Nadal i Cap d’Any (a partir de les 01.00 hores) i Reis (a partir de les 23 hores).

🔚

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More from @robert_gual

18 Dec
📅 El “permiso de paternidad” será de 16 semanas para los nacimientos que se produzcan a partir del 01.01.2021.
 
¿Qué conviene conocer sobre esta medida? ¿Se puede disfrutar del permiso por períodos semanales? ¿Y a media jornada? 👇
Nótese que “permiso de paternidad” está entre comillas porque:
 
▶️ No es un permiso: es una suspensión del contrato con derecho a una prestación.

▶️ Técnicamente no se le llama paternidad: la suspensión del contrato se produce por nacimiento y cuidado del menor.
Pues bien, a partir del 1 de enero de 2021 todas las personas que tengan un hijo podrán suspender su contrato durante 16 semanas:
 
▶️ Durante la suspensión del contrato se DEJA DE TRABAJAR.
 
▶️ Durante esas 16 semanas cobran una PRESTACIÓN DEL 100% de la base reguladora.
Read 13 tweets
4 Dec
💣 BOOOOOM!!!

La Inspección de Trabajo acaba de emitir una Nota Informativa sobre la devolución de cotizaciones exoneradas derivada del incumplimiento del compromiso de mantenimiento del empleo de la DA 6ª del RDL 8/2020.

Hilo 👇

(CC @perevdl)
En esta Nota Informativa se da a conocer el criterio emitido por la DGT (y compartido por la TGSS), que interpreta el apartado 5 de la DA 6ª indicando que la pérdida de los beneficios debe ser total. Es decir, al margen del número de trabajadores afectados por el incumplimiento.
Veamos los argumentos de la DGT y como combatirlos en este hilo construido con mi amigo @perevdl:
Read 24 tweets
8 Oct
🔍 OJO con esta sentencia. La novedad no es que la empresa pueda justificar un despido con los datos del GPS (esto hace tiempo que es así).

La novedad es que los datos se obtuvieron FUERA de la jornada y que el Supremo considera válida esa actuación. Me explico #hilolaboral 👇
✅ No es ninguna novedad que una empresa pueda instalar un sistema de GPS para controlar la actividad de los trabajadores.

Esta medida está permitida por la Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. En su artículo 90, indica lo siguiente:
“1️⃣ Las empresas podrán tratar los datos obtenidos a través de sistemas de geolocalización (GPS) para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores (...).
Read 16 tweets
29 Sep
📢 Se prorrogan los ERTE hasta 31 de enero de 2021. ¿Qué novedades se incluyen en la norma, tras el acuerdo alcanzado entre CCOO y UGT, y CEOE y CEPYME? Veamos 👇
1️⃣ Todos los ERTE por fuerza mayor vigentes quedan prorrogados automáticamente hasta 31 de enero de 2021. Ahora bien, sólo algunas empresas podrán seguir aplicando exoneraciones en las cuotas a partir de octubre (en función de su CNAE).
2️⃣ Los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que se inicien hasta 31 de enero de 2021, podrán tramitarse siguiendo el procedimiento "simplificado" (negociación con sindicatos y período de consultas de 7 días como máximo). Además (...):
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22 Sep
📢 Nueva ley de TELETRABAJO. ¿Qué medidas conviene destacar del proyecto de real decreto-ley que está circulando? 👇
✍️ La norma se aplica cuando el trabajo a distancia que se preste sea, en un periodo de referencia de tres meses, de al menos un 30% de la jornada. Por ejemplo, si la jornada es de 40 horas semanales y se trabajan dos días a la semana en casa (16 horas), se cumple este requisito.
💵 Las personas que desarrollan trabajo a distancia tendrán los MISMOS derechos que hubieran ostentado si prestasen servicios en el centro de trabajo de la empresa (sueldo, jornada...). Ello, salvo los derechos inherentes al trabajo presencial.
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9 Sep
🗳 Tras 716 votos ganó el “Sí” en un 54%. Pues bien, yo me decanto por el “No”. Para mí no hay causa de despido en base a los siguientes argumentos:
⛔️ Para que un despido disciplinario sea válido debe haber un incumplimiento GRAVE y CULPABLE.
❌ Es cierto que realizar actividades incompatibles con la IT y que perjudican a la curación puede ser causa de despido. Por ejemplo, realizar esfuerzos físicos como jugar a fútbol o cargar pesos cuando la causa de la IT es una (TSJ Galicia 17-02-2017).
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