La gran @magalonik nos recuerda que estamos frente al problema de siempre del TE:
"El déficit de la calidad de las sentencias [...] no tiene sólo que ver con los casos más relevantes o politizados, sino que, lamentablemente, es un fenómeno transversal".
Si desde el inicio "se obedeció a intereses políticos circunstanciales [...] es inevitable que todas sus decisiones posteriores sean evaluadas bajo este tamiz".
¿Cómo debe el @TEPJF_informa considerar a las personas con una identidad de género trans, que se autoadscriben como mujeres, pero que antes ocuparon cargos de elección identificándose como hombres?
@LuceroIbRo analiza los dilemas de de este caso: 👇
La negativa de registrar a @MexLibre_ como partido es otra sentencia polémica del TE.
@EspinosaSilis analiza el caso y muestra cómo a otras organizaciones a las que sí se les dio registro incurrieron en violaciones graves y directas a la Constitución.
Uno de esos casos fue, precisamente, el de Fuerza Social por México.
Con erudición y claridad, @Armandomaitret muestra cómo el TEPJF “sentó un precedente muy riesgoso para la democracia” al permitir injerencias sindicales en la formación del partido. ⚖️
Las mañaneras de @lopezobrador_ han sido un problema constante para la justicia electoral.
@garza_onofre analiza dos sentencias del @TEPJF_informa y muestra cómo las conferencias presidenciales se han convertido en una vía para violar la Constitución:
La última parte del libro analiza al @TEPJF_informa más allá de sus sentencias.
@KarolinaGilas analiza el lento tránsito a la justicia virtual, desde la decisión de sesionar por correo electrónico hasta la (deficiente) implementación del juicio en línea.
Como apunta, "es urgente rescatar la autoridad del TEPJF", pues de lo contrario "la política habrá terminado por reivindicar y concentrar aún más su poder".
«Ni tribunal ni electoral» es un estudio académico e interdisciplinario que busca evaluar, con seriedad y pluralidad, a una institución clave para la democracia.
Gracias, de corazón, a todas las personas académicas, litigantes y servidoras públicas que la hicieron posible.
Muy especialmente, gracias a Pedro Salazar Ugarte, @slayllon, @magalonik y @HugoAConcha por sus ideas y comentarios para esta obra.
Y gracias, por supuesto, a @SaraContrerasM3 y @sofiaguiarr por su extraordinaria labor como asistentes de investigación.
El @TEPJF_informa podría revivir mañana la candidatura de Salgado Macedonio.
El proyecto de sentencia confirma que Salgado incumplió con la ley, pero regresa el asunto al @INEMexico para que decida si cancela su candidatura o impone otra sanción.
Abro 🧵con detalles del caso.
Lo primero que habría que destacar es que el proyecto del @TEPJF_informa sólo le da parcialmente la razón a Salgado.
Entre otras cosas, se confirmaría que Salgado Macedonio:
1) Sí fue precandidato (aunque él lo niegue).
2) Incumplió la obligación legal de presentar su informe.
Aunque Salgado violó la ley, el proyecto alega que el @INEMexico realizó una incorrecta interpretación del art. 229 de la LGIPE.
El INE, según esto, podía imponer otras sanciones y no sólo la cancelación.
Pero esto es harto discutible: juzguen ustedes la redacción del 229: 👇
La resolución de la @CNHJ_Morena en el caso de Félix Salgado Macedonio es un monumento a la simulación y incongruencia.
La comisión se fue por la tangente: no hizo una investigación seria y ordenó una reposición que carece de fundamento y que nada resuelve.
Abro 🧵con detalles.
Comencemos con lo más básico.
Todo esto inició con el escrito de una de las presuntas víctimas de Salgado, quien pidió rendir testimonio.
La @CNHJ_Morena inició un "procedimiento sancionador de oficio", a partir de las facultades que le da el art. 49, inciso e) del Estatuto.
¿Y qué dice el art. 49.e del Estatuto?
Que la @CNHJ_Morena tiene la facultad de "[a]ctuar de oficio en caso de flagrancia y evidencia pública de violación a la normatividad por algún o alguna protagonista del cambio verdadero".
Pide, en pocas palabras, que la ciudadanía vote favor o en contra de que se investigue y, en su caso, sancione a los expresidentes, de Salinas a Peña Nieto, por supuestos delitos cometidos antes, durante y después de sus mandatos.
Ahora bien, ¿por qué el asunto está en manos de la @SCJN?
Porque la Constitución establece que la @SCJN debe revisar la constitucionalidad de la materia (o el objeto) de todas las consultas populares. 👇
La consulta de @lopezobrador_ conlleva una restricción a derechos y un afectación a sus garantías para su protección, pues condiciona su efectividad y ejecución al resultado de la consulta, con lo que se desnaturaliza su propósito y fin.
Veamos ahora, los argumentos puntuales del ponente, el ministro Aguilar.
¿Por qué la consulta es una restricción a derechos y a sus garantías?