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LA ENCRUCIJADA HISTÓRICA: ELECCIONES o EL USO DE LA FUERZA?

1) Por las ultimas declaraciones del Presidente @jguaido pareciera que tenemos en puertas la posibilidad de un acuerdo electoral y, más remotamente, la posibilidad de transitar la ruta del TIAR.

A favor de la primera
2) opción se ha desplegado una gigantesca y poderosa campaña en la que participan periodistas, historiadores, encuestadores, artistas y hasta voceros de la iglesia católica.

A favor de la segunda, está la inmensa mayoría de la sociedad civil, la cual, profundamente indignada,
3) todavía no sale de su asombro al ver rota la promesa de que a las elecciones solo se acudiría luego del cese de la usurpación.

Algunos apoyan la opción electoral porque creen, de buena fe, que estamos en presencia de un conflicto político, y por tanto, creen que se requiere
4) una salida política. Otros, por mera convicción pacifista y temor a una guerra; y el tercer, y mayor grupo, porque han sido alcanzados por los largos y poderosos tentáculos del régimen.

Habiendo dicho esto, cabe ahora explicar que el acuerdo electoral ––con o sin Maduro–– es
5) inconstitucional, ineficaz y hasta inmoral. La segunda opción, la del TIAR, es está llena de obstáculos, pero es lícita, realizable y nos conduce a la libertad.

La opción electoral es INCONSTITUCIONAL, por un triple motivo:
i) Porque sencillamente las autoridades legítimas
6) no pueden pactar con una organización criminal. Es mucho más grave que consentir que Colombia, pactara elecciones con un Pablo Escobar, o México con el Chapo Guzmán. Es mucho más grave porque dichos criminales no tenían una larga lista de crímenes de lesa humanidad como la que
7) tiene la tiranía narco terrorista venezolana.

ii) También es inconstitucional por cuanto es público y notorio que la FAN, que es la institución garante del proceso electoral, no está al servicio de la Nación, ni subordinada a las autoridades legítimas, sino al conglomerado
8) criminal que promociona esa salida electoral para precisamente garantizar su supervivencia y evitar una intervención que lo aniquilaría. No puede hablarse de condiciones electorales cuando la más básica y elemental de todas no se cumple. La FAN tiene 6 meses desobedeciendo a
9) su legítimo comandante en Jefe y violando su atribución constitucional de garantizar la soberanía e independencia política de la Nación (Art 328 de la C). La FAN, con sus casi 2.000 generales, además de fungir como escolta del régimen, también está al servicio de la ideología
10) comunista que fungiría como contendor electoral.

iii) Lo más grave de todo es que el pacto electoral en las actuales circunstancias bloquea otras salidas bajo el derecho internacional. Salidas que podrían restituir el monopolio de la fuerza a las autoridades legítimas, y
11) con ello lograr la normalización de la democracia.

En definitiva, ese pacto electoral atentaría contra los valores, principios y garantías democráticos, y propiciaría que el régimen siguiera menoscabando los derechos humanos, incluso, de los que mezquinamente creen que por
12) pactar con él estarán a salvo. Ninguna autoridad nacional, y mucho menos unos mediadores, tienen potestad de imponer un pacto como ese.

Aparte de inconstitucional, ese pacto electoral sería INEFICAZ. Cualquier proceso electoral, CUALQUIERA, aún el más limpio y transparente
13) sería ineficaz mientras no se logre restituir del monopolio de la fuerza. Cómo podemos probar esto? Muy fácil: Así como actualmente el Presidente @jguaido no puede gobernar, tampoco lo podrá hacer ningún otro candidato que resulte electo. El nuevo Presidente electo sería
14) simplemente un rehén del régimen, y viviría permanentemente amenazado de que cualquier acto de gobierno que adopte, que amenace la supervivencia del conglomerado criminal, o simplemente sea contrario a sus intereses económicos, sería motivo suficiente para su derrocamiento.
15) Por último, el pacto electoral es INMORAL. A los representantes de la iglesia católica que abogan por una salida electoral, se les pide recordar el Catecismo (2265): “La legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para el que es responsable de la
16) vida de otro. La defensa del bien común exige colocar al agresor en la situación de no poder causar perjuicio. Por este motivo, los que tienen autoridad legítima tienen también el derecho de rechazar, incluso con el uso de las armas, a los agresores de la sociedad civil
17) confiada a su responsabilidad”.

Eludir la legítima defensa de toda una nación con la excusa de pedirle a las partes que busquen una salida pacífica es un pecado por omisión. Quienes hacen esto ya se han puesto del lado del agresor, ya que ni el criminal [tiranía] detendrá
18) su violencia, ni la víctima [la nación] está en capacidad de protegerse, ni siquiera de proveerse seguridad alimentaria y mucho menos de hacer que se respete la salida pacífica. Olvida quien así procede que “el amor a sí mismo [a la Nación] constituye un principio fundamental
19) de la moralidad. Es, por tanto, legítimo hacer respetar el propio derecho a la vida. El que defiende su vida [y más aún la vida de la Nación] no es culpable de homicidio, incluso cuando se ve obligado a asestar a su agresor un golpe mortal.” (Catecismo 2264).

En cuanto a la
20) segunda opción, la del uso de la fuerza prevista en el TIAR, ya dijimos que tiene obstáculos, pero es lícita, realizable y nos conduce a la libertad. El principal obstáculo de esta opción radica en que factores políticos internos, por razones de conveniencia antes apuntadas,
21) no la quieren aprobar y mucho menos justificar. Sin embargo, el cumplimiento de los principios de independencia, democracia, paz, libertad, justicia, y la afirmación de los derechos humanos, no es una atribución exclusiva del Estado. Es también una "corresponsabilidad" de la
22) sociedad civil (Art 326 C). Por tanto, la sociedad civil no debe vacilar en EXIGIR la inmediata aprobación y aplicación del TIAR.
Todos los Estados tienen el deber moral de cumplir con la doctrina del R2P, y los miembros del TIAR, además de ese compromiso moral, tendrían
23) la obligación internacional de prestar asistencia a Vzla cuando esta la requiera. Especular que no lo harán, no es suficiente para que no se pida.

Y si las autoridades rechazan el clamor de la nación, la sociedad civil tiene, conforme al artículo 350 de la C., el legítimo
24) derecho de desobedecer cualquier pacto electoral con criminales, pues, ello contradice los valores, principios y garantías democráticos; menoscaba los derechos humanos y atenta contra la libertad de la Nación.

En ese escenario, todas las verdaderas fuerzas democráticas
25) contaremos con la posibilidad de apoyar al @TSJ_Legitimo para que corrija la omisión legislativa de @AsambleaVE respecto del TIAR, y también para que suspenda cualquier acuerdo electoral inconstitucional.

Que Dios bendiga a Venezuela en estas horas cruciales de su historia!
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