¿Por qué esos cinco? ¿Por qué no mas paises? ¿EEUU y China?
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La demanda la armó una mega firma: Hausfeld LLP.
Además, técnicamente las demandas no son aceptadas a canilla libre, sino que tienen requisitos lógicos de admisibilidad.
Porque en estos sistemas no hay "fallos" sino eventuales "recomendaciones" que puede emitir el Comité de los Derechos del Niño a los Estados.
Igual, no cumplirlas sería no estar cumpliendo el pacto.
- lo que pueda hacer un Estado "hasta el máximo de sus recursos".
- que se puede adoptar toda una serie de posibles medidas de política.
- la "vara" para medir las opciones y recomendaciones que le harías a Francia y Alemania no es la misma que le aplicarías a Turquía.
- no hay "condena a pagar" tipo Griesa.
- habiendo opciones, las recomendaciones no pueden meterse en política interna.