Luego breve hilo comentando.
public.diariojudicial.com/documentos/000…
Y aplica el principio precautorio del derecho ambiental: si no hay certeza de inocuidad de efectos, se impone la prevención.
(no estoy de acuerdo con esto, pero el tema es debatible).
La minoría -Mizawak- critica la incongruencia de dictar un mandato prohibitivo que ve inejecutable, ya que al ser "erga omnes" obligaría a personas que no comparecieron a la causa.
Y que para no interdictar la actividad in toto, lo que sería excesivo, la recorta analogando escuelas a ciudades en el margen de 3 km.
eldiario.com.ar/28119-fumigaci…