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Breve recordatorio simplificado de como funciona el sistema actual en Nación:
IMPUTACION -> un fiscal "acusa" (formalmente) a alguien de algo.
PROCESAMIENTO > un juez de instrucción estudió la imputación y "estima" que el hecho existe y que el acusado es partícipe.
Entre imputación y procesamiento tiene que haber un acto esencial: tomarle declaración al imputado. Si no hay declaración, no puede pasarse a la etapa del "procesamiento". Ese era el hueco que buscaba salvar el acuerdo con Irán (tomar declaración "allá").
Para tomarle declaración hay que tener una especie de "teoría del caso", con lo cual la investigación tiene que estar madura. Porque al acusado tiene que informársele de qué se lo acusa, para saber de qué se tiene que defender. Puede negarse a declarar, entregar un escrito.
El procesamiento puede ser CON o SIN prisión preventiva. La prisión preventiva debería aparecer en delitos graves y SOLO cuando haya razones para sospechar que el imputado en libertad puede alterar evidencia, intimidar testigos, o fugarse.
Una vez que hay procesamiento, se sigue investigando ("instruyendo") la causa que es todavía una hipótesis de delito. En el medio esa hipótesis puede confirmarse o diluirse. Si el juez la estima confirmada, "eleva a juicio". Otro tribunal oral juzgará.
Acá ESPOILER.
Con el nuevo Código (ya sancionado en 2015, pero de aplicación suspendida) no va a haber NUNCA MAS imputados.
La causa la investigarán fiscales y los jueces no "instruyen" más: solo "controlan" la investigación.
La secuencia imputación-procesamiento se reemplaza por un acto donde el fiscal "formaliza" su acusación en un acto donde el imputado tiene que estar para defenderse. Si el juez da el OK, el acusado queda "formalizado".
Por ejemplo: Arturo Vidal fue formalizado por el accidente.
Lo de "Arturo Vidal" no es azaroso. El sistema tiene un modelo chileno de mucha influencia en la región. Casi la mitad del país (incluyendo Provincia de Buenos Aires) tiene este sistema que es técnicamente un proceso "ACUSATORIO", y no hay "juez-instructor".
El problema del "juez-instructor" es que es alguien aparece polifuncional como juez y parte: tiene una hipótesis y el mismo ejecuta y "produce" los actos necesarios para verificarla. Por eso se lo conoce como un modelo "inquisitivo" (la Santa Inquisición hacía eso).
De ahí esos engendros de bromance de un fiscal diciendo: yo con el juez Fulano "jugábamos en equipo". Hay un viejo dicho: "Quien tiene a un Juez por acusador necesita a Dios como abogado".
Con el nuevo sistema (que tiene una prueba piloto en ejecución en jurisdicciones de Nación del NOA) hay transformaciones bastantes radicales: pérdida de poder de los jueces, con correlativa influencia mayor de los fiscales.
Y los medios pierden su amada palabra "imputado".
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