1.- La decisión de una supervisora de sacar a una enfermera de una unidad/servicio es inmediatamente ejecutiva, y goza por ley de presunción de legalidad. Cuidado con esto.
2.- La decisión de supervisora de sacar a una enfermera, si no se obedece, es motivo para apertura de expediente disciplinario (incluso falta muy grave: separación servicio, traslado forzoso, suspensión funciones... cuidado, aunque tome café contigo es autoridad
3.- Los protocolos y recomendaciones de sociedades científicas sobre ratios enfermeras no son vinculantes ni obligatorias para los centros de una Consejería de Sanidad. Porque las sociedades son asociaciones privadas.
4.- Si una supervisora te dice que vayas a otra unidad, TE LO TIENE QUE DAR POR ESCRITO (primero sal y que te lo dé luego). Es tu derecho, y si la Supervisora no te lo da, incurre en ilegalidad. NO LO OLVIDES, recuérdaselo.
8.- Enfermera, te puedes "negar" a una orden si afecta la decisión a tu salud (artículo 21 Ley Riesgos Laborales), y aquellos supuestos que supongan una flagrante ilegalidad (veis casos excepcionales).