Aunque se exhiban todos los videos durante la fase documental, el retraso genera indefensión.
5 razones (hilo)...
Con centenares de testigos, el retraso entre declaración y video es de meses.
Esto facilita la construcción de un relato basado en hechos potencialmente falsos, sin que la defensa pueda deconstruir este relato a través de la contradicción inmediata evidenciada.
La lógica de la confrontación es poder identificar contradicciones en una declaración, imprescindible para aclarar casos ambíguos de posible falso testimonio.
Y de ambigüedad, en este juicio, hay.
Sin confrontación y contradicción, indefensión.
Cuando un testigo hace referencia a acontecimientos específicos, se debería poder aclarar cuales de estos acontecimientos corresponden al contenido de las grabaciones, para que la sala pueda evaluar la confiabilidad y exactitud de aquel testigo.
"Miradas de odio", "una ratonera", "como el País Vasco", "escenario de guerrilla", etc.
Calificaciones tan extremas deberían ser aclaradas, especificadas, y vinculadas con evidencia concreta (si la sala quiere probar su fiabilidad).
Se tomó el 14 de marzo a las 16:00. No hay ninguna regla que prohiba la exhibición de videos durante la fase testifical de un juicio.
El TS puede permitir videos durante la fase testifical. Si no lo hace, no es por obligación, sino por falta de voluntad.
Tampoco hace falta ser independentista para ver que, hasta ahora, no lo ha sido.