De por sí, la afirmación es terrible. Pero no es la única cosa cuestionable en la entrevista, así que va otro hilo del Burro
Lussich menciona que hay profesionales (supongo se refiere al profesor Lust, catedrático grado 4 de Derecho Constitucional de la UDELAR) que cuestionan la habilitación de Toma, Roballo y García para firmar el contrato con UPM
García sostiene que "sí, porque lo mandató el PE, la firma del acuerdo y la firma de una enmienda que hubo del acuerdo". Eso podría ser correcto (no constitucional, como después veremos) para la firma del contrato original
Pero sin dudas, no es lo que sucedió con la enmienda, que fue firmada por dichos funcionarios el 5/4/2018 y refrendada recién 4 días después por una resolución ministerial
En qué se escuda García? La primera resolución, además de designarlos como firmantes del contrato, les concede una potestad no prevista en la Constitución, ni en la Ley de Inversiones, ni en el Decreto 477/008: realizar ajustes al mismo
Encima, la resolución decía "ajustes previos a su suscripción". La enmienda que firmaron estos 3 funcionarios, fue POSTERIOR a la firma del contrato. 5 meses después, para ser más específicos
O sea que aún dentro de los supuestos de Presidencia, el PE no respetó el orden de los pasos previstos en la ley. Como dice el propio García en la entrevista, en este caso "las firmas no son válidas, el acuerdo no es válido"
El orden correcto hubiera sido que se elevaran las modificaciones al PE, que éste las considerara y decidiera, y en todo caso, LUEGO, los volviera a autorizar a firmarlas
Entre paréntesis, debemos considerar que la modificación no era menor. Estamos hablando de la cifra principal del contrato, referente al pago de UPM por uso de la vía. Teníamos un contrato firmado que establecía una cifra 10 o 100 veces mayor a la modificación realizada
Dejando de lado este punto, a nuestro entender hay un problema de fondo, y es que la Ley de Inversiones y su Decreto Reglamentario incluyen disposiciones inconstitucionales, porque las funciones principales del PE no son delegables
Y constitucionalmente, ninguno de los 3 firmantes integran el PE. Al contrario, dicho ejercicio corresponde al Presidente y Ministros respectivos (involucrados en el asunto a tratar), o al Presidente y el Consejo de Ministros, como establece el art. 149 impo.com.uy/bases/constitu…
También constitucionalmente, solo el Presidente actuando con los Ministros respectivos o el Consejo de Ministros pueden "conceder privilegios industriales", como establece el art. 168, numeral 21
impo.com.uy/bases/constitu…
Y por si queda alguna duda que las funciones principales no son delegables, esto queda refrendado en el art. 179, que los hace responsables de los decretos y órdenes que firman impo.com.uy/bases/constitu…
En cualquier caso, evidentemente no hay razón fundada para sostener que la Constitución le permite a un funcionario de segunda línea firmar un contrato que requiere de endeudar al país en cifras millonarias para su cumplimiento
García podrá estar muy formado en lo suyo, e incluso le habrá gustado mucho el informe del estudio jurídico que contrató, pero si vamos a ponernos técnicos, está discutiendo sobre leyes con un constitucionalista grado 4
Siguiendo con la entrevista, García hace una cuenta en el aire, que le da que UPM pagará 7 millones de dólares por uso de la vía. Para ello, parte de 2,5 millones de toneladas anuales. Esa cifra está inflada, UPM ha divulgado entre 4 y 6 millones de dólares
Y por qué UPM se mueve con esos montos? Porque son los que reflejan tanto la variación posible de la producción, como los distintos montos que pagarán por uso de la vía, según el año que corresponda
No es, como dijo García, porque la carga pese lo mismo que los vagones. En las toneladas que calcula UPM, se incluyen vagones y el transporte de productos químicos desde el puerto a la planta. No es razonable tomar el máximo de producción de la planta como fijo de cálculo
Sobre el tema de la zona franca, el título del tuit original - que cita textualmente a García - es palmario: sin zona franca, la actividad de UPM2 no es rentable. Lo mismo sucede con muchas otras actividades económicas, y sin embargo, pagan impuestos
Es cierto lo que dice García: si queremos que se instalen emprendimientos en Uruguay, tenemos que ofrecerles condiciones similares a las que les ofrecen en los países vecinos. Pero qué son condiciones similares?
No se debe considerar solo el aspecto de zona franca, sino también las condiciones naturales (velocidad de crecimiento de eucaliptus, acceso al agua, a puertos, transporte), plantaciones preexistentes, la seguridad jurídica, costos por coimas, etc.
Lo que muchos estamos pidiendo es que se analice el total de esos aspectos y se muestre un balance completo de los beneficios que se otorgan, para evaluar si son estrictamente necesarios en términos de negociación. Por algo Masoller se bajó del grupo negociador
Mención especial y aparte merece el tema de la estimación de empleos. García confiesa que en la web de Presidencia está el estudio de CPA Ferrere sobre las plantas anteriores. Aparentemente, sobre ese estudio hicieron los cálculos
Lo que se olvida de decir, es que ese estudio fue pagado por UPM y realizado sobre la información provista por UPM. O sea, no hay ningún estudio del Gobierno, ni de otro estudio privado, ni de la OPP, ni del MEF, ni de la UDELAR al respecto
Cómo puede ser que ante una inversión monstruosa, que nos compromete por décadas con aportes millonarios, no haya un solo estudio del Gobierno sobre el impacto en el empleo? No se dan cuenta que por ejemplo, en plantaciones, ya la gente está trabajando hoy?
Hablando de confesiones, hay otra bien clarita, que me comí más arriba: el tren no se repaga. Y sí, si UPM2 paga a reventar 6 millones por año, y el tren nos va a costar 2.200 millones, a lo sumo va a cubrir el 6% del costo
De hecho, se olvida de algo que el Gobierno dijo hace bastante tiempo: que UPM viabilizaba el tren porque era como tener la mitad de la carga asegurada. Este artículo referente a la licitación lo dice, también
republica.com.uy/upm-utilizara-…
Entonces, UPM2 paga el 6% pero ocupa el 50% de la carga máxima de la vía? Los demás usuarios, cuánto van a tener que pagar para que el proyecto sea viable? Se necesitarían 17 UPM2 para cubrir el costo. García tiene razón: no se repaga nunca.
Este es otro punto que abona que los cálculos iniciales el Gobierno los hizo con 5 centavos, en lugar de con 5 milésimos de dólar. Con esa cifra, daba que UPM pagaba la mitad del tren, lo cual parecía justo, de acuerdo al uso proyectado
Con respecto a la inversión el tren, en noviembre de 2017 el Gobierno decía que sería de entre 800 y 1.000 millones de dólares. Cuando se abrieron las ofertas, resulta que pagaremos 148 millones por año, o sea 2.200 millones de dólares
Cómo puede haber tanta diferencia? Simple. La primera cifra refiere al dinero que invertirá la constructora. La última, a lo que nosotros pagaremos. Como incluye intereses, es correcto llevarlo a su valor actual neto, de 1.700 millones (el doble de los 800 iniciales)
Sobre la exclusividad del tren para UPM2, García pregunta irónicamente "cómo se puede hacer, por decreto, por resolución...?". Y si se le da acceso no restringido y prioritario 7 días a la semana, 365 días del año, con la libertad de fijar horarios con 24 horas de anticipación?
Luego García sostiene que el tren va a ofrecer una conectividad con el puerto que hoy es "bastante lamentable". Claro, pero esa conectividad es con la terminal de UPM, solamente. De qué hub logístico habla? Si los demás trenes van a llegar a lo sumo a Progreso
Con respecto a los cálculos financieros para evaluar la inversión, García menciona que no vio ninguno hasta el que se publicó hace unos días en @elpaisuy. Tiene razón, tampoco vimos ninguno del Gobierno, ni antes, ni después de firmado el contrato
Menciona un informe de 7 páginas de la OPP, que fue entregado al Parlamento a fin de año y fue publicado en la web de Presidencia en febrero y se puede descargar aquí medios.presidencia.gub.uy/tav_portal/201…
La primera pregunta es por qué ese informe no se hizo y divulgó ANTES de firmar el contrato. Es llamativo que recién se envíe al Parlamento 1 año después.
Estaba hecho, o tuvieron que hacerlo cuando se dieron cuenta del error en el tren?
Porque al igual que García, no vi que nadie cuestionara la discrepancia de cifras y letras en el contrato en español antes de que me diera cuenta en setiembre del año pasado, cuando fui a analizar el contrato en detalle, 10 meses después
Tampoco vi nadie que se diera cuenta la otra discrepancia, mucho peor, entre el contrato en español y el contrato en inglés, hasta noviembre del año pasado, en que lo mencionó @Uruguay2035
Y es claro, García, no vimos más números porque el Gobierno fue soltando cifras sueltas. Al principio decían que íbamos a poner 1.000 millones, y a mí la cuenta ya me está dando más de 4.500 millones
Y todas esas cifras divulgadas por el Gobierno, UPM y CPA Ferrere eran brutas, no a valor actual neto. Pero bueno, García se da el lujo de criticar al artículo de @elpaisuy, al que reconoce como el intento más serio de analizar la inversión financieramente
Y por qué lo critica? Porque según él "cometió un error grosero, que pone los costos de energía, pero no los ingresos de energía".
Qué raro! El super informe fantástico de la OPP del link de más arriba tampoco consideró el tema energético. No es un error grosero?
Si es por eso, también es un error grosero considerar los aportes laborales como tributos, puesto que así como hoy se cobran, en el futuro se pagarán jubilaciones. Con el mismo razonamiento deberían sacarlos de los 120 millones anuales que consideran como ingresos, no?
En cualquier caso, el informe menciona los supuestos y muestra los resultados, pero no están los cálculos. Ni ahí, ni en ningún lado. Queremos que se presente la planilla con los cálculos para revisarlos en forma independiente
Para quien no está familiarizado con la TIR (tasa interna de retorno) y el VAN (valor actual neto), digamos que una pequeña variación en los supuestos puede provocar que el resultado del análisis cambie radicalmente
Por ejemplo: solo restando los aportes laborales (que encima son una estimación de UPM, considerando hasta los puestos inducidos), ya las cifras no dan.
O cambiando solo la tasa de interés - cosa muy probable en 30 años, porque estamos en mínimos históricos -, tampoco dan
Y para finalizar, Lussich le pregunta incisivamente qué va a pasar con la reglamentación laboral. García evade repetidamente responder, pero hace referencia a antecedentes recientes. Se referirá a la ocupación de Petrobras?
Porque en ese punto, UPM no quiere promesas ni supuestos. Pidió específicamente que se incorporar a la reglamentación laboral el tema de las ocupaciones (cláusula 3.6.10 del contrato), con diciembre de 2019 como plazo máximo
medios.presidencia.gub.uy/tav_portal/201…
Una vez más, queda claro que el Gobierno se niega a debatir el tema porque ante cualquier persona que esté medianamente informada, no podrá sostener sus argumentos. Con revisar solo el tren, la energía y el tema laboral, basta para ver que no dan los números
Si querés que de una vez por todas nos den acceso a todos los cálculos para una evaluación objetiva e independiente, por favor retuiteá el primer tuit del hilo y dale me gusta a los demás
Y muchas gracias por tomarte el tiempo de leer, y ayudarme a divulgar información para que cada uno se pueda formar su propia opinión sobre este proyecto
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